El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha paralizado de manera cautelar la aplicación de la nueva tasa turística impuesta por el Ayuntamiento de Mogán, que entró en vigor el día 11 de marzo. Esto se produce tras un recurso contencioso-administrativo presentado por la Federación de Empresarios de Hostelería y Turismo de Las Palmas (FEHT).
El Ayuntamiento de Mogán aprobó la denominada Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Servicios y Realización de Actividades Derivadas de la Acción Turística y la Obligación de Sostenibilidad el 28 de febrero. La normativa establecía el cobro de 0,15 euros por persona y día alojada en el municipio, pionero en la primera tasa turística municipal en España. La publicación de la ordenanza en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas (BOP) el 10 de marzo anunciaba su entrada en vigor al día siguiente, que obligaba a las empresas alojativas a liquidar el pago al Ayuntamiento.
La FEHT agotó todas las vías para frenar la medida en el ámbito municipal, pero tras la desestimación de sus alegaciones, llevó el caso a los tribunales. Su recurso contencioso-administrativo ha conseguido, por ahora, paralizar la aplicación de la tasa turística, apenas un día después de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Aunque la suspensión es provisional y no definitiva, el Tribunal ha dado al Ayuntamiento de Mogán tres días para presentar alegaciones y pedir que se revoque la decisión.
Comunicado del Ayuntamiento de Mogán
Ante la suspensión cautelar dictada por el TSJC, el Ayuntamiento de Mogán ha expresado que, hasta el momento, ha tenido conocimiento de la resolución judicial a través de los medios de comunicación. En este sentido, el Consistorio ha indicado que espera la notificación formal del auto para proceder con las alegaciones pertinentes.
El Ayuntamiento ha señalado que, pese a la suspensión de la aplicación de la ordenanza, ya estaba preparado para esta eventualidad y que, una vez recibida la notificación oficial, se presentará ante el Tribunal en un plazo de tres días para defender la vigencia de la normativa y solicitar la revocación de la medida cautelar.
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