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NIVEL 3 DE ALERTA SANITARIA

¿Qué se puede hacer en Gran Canaria a partir de este lunes?

MASPALOMAS AHORA | TIEMPO DE CANARIAS
Domingo, 17 de Enero de 2021
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Gran Canaria, desde este lunes, a las 00:00 horas, se encuentra en nivel 3 de emergencia sanitaria. Ello conllevo la aplicación de nuevas medidas restrictivas, cuyo objetivo es el de erradicar la expansión del virus en la isla.

 

Estas son las nuevas restricciones en Gran Canaria a partir de este lunes:

 

1. Se restringe la entrada y salida de personas de la isla, salvo para desplazamientos justificados por motivos contemplados en el art 6 del RD 926/2020, de 25 octubre.

 

2. Limitación de la libertad de circulación (toque de queda) en horario nocturno entre las 22:00 y 06:00 horas. Además, cierran los parques infantiles y se prohíben actos como mercadillos y rastros.

 

3. Se limitan los encuentros familiares y sociales a las personas convivientes en cualquier espacio, excepto en hostelería y restauración, donde se respetará el número máximo de cuatro comensales por mesa, siempre que sea en terraza, ya que en interiores no estará permitido consumir.

 

4. La hostelería deberá cerrar al público antes de las 22:00 horas.

 

5. Permanecerán cerrados los casinos de juego, de bingo, salones recreativos y de juegos, locales de apuestas externas y asimilables.

 

6. Se prohíbe la práctica de actividad deportiva no profesional y ejercicio físico en zonas interiores (gimnasios, pádel...) . Al aire libre solo será posible individualmente siempre que se pueda mantener la distancia de seguridad de 2 metros permanentemente. En San Bartolomé de Tirajana cerrarán todos los gimnasios y municipales y piscinas interiores (Aldea Blanca y Castillo del Romeral)

 

7. Se suspenden las visitas externas a los centros hospitalarios, salvo en caso de menores, gestantes, enfermedad terminal y a criterio facultativo. Igualmente, se suspenden las salidas de los residentes y las visitas externas, salvo en caso de enfermedad terminal y a criterio de la dirección del centro por motivo sanitario. Excepto en caso de pacientes que sean casos confirmados con infección resuelta.

 

8. Aforo en transporte terrestre urbano y metropolitano: Se limita el aforo al 50% en el transporte público regular terrestre urbano y metropolitano de viajeros.

 

9. Medidas preventivas básicas: higiene de manos, mascarilla obligatoria, distancia de seguridad de dos metros, priorizar los espacios al aire libre y evitar los cerrados con escasa ventilación.

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