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Un total de 2.195 testamentos vitales han sido registrados en Canarias

Jueves, 09 de Abril de 2009
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La Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias ha contabilizado 2.195 manifestaciones anticipadas de voluntad (MAV), conocido como testamento vital, desde que se puso en marcha este registro en el verano de 2006.

El testamento vital permite que una persona mayor de edad, capaz y libre, manifieste anticipadamente su voluntad para que se cumpla en el momento en que llegue a situaciones en que no sea capaz de expresarse sobre los cuidados y el tratamiento de su salud o, una vez llegado el fallecimiento, sobre el destino de su cuerpo y órganos. El 80 por ciento de los documentos pertenecían a Testigos de Jehová (1.744 casos), frente al 20 por ciento que no se manifiesta. Los datos de la Consejería indican que se han registrado 1.313 documentos de MAV en la provincia de Las Palmas y 882 en la de Santa Cruz de Tenerife. Por sexos, 1.358 correspondieron a mujeres y 837 a hombres y el intervalo de edad más frecuente se sitúa entre los 40 y 50 años, mientras que entre los 70 y 80 años figuran 228 hasta marzo de 2009. Entre las personas que suscribieron el testamento vital, accedieron a la donación de sus órganos el 38 por ciento y el 20 por ciento en contra. El Manifiesto se puede suscribir ante notario, ante un funcionario encargado del registro o ante tres testigos que no sean familiares directos del firmante. En el documento se pueden detallar las instrucciones y opciones que deberá respetar el personal sanitario sobre los cuidados y el tratamiento de su salud y el destino de su cuerpo, la donación de órganos y tejidos. También puede incluir indicaciones de naturaleza ética, moral o religiosa que expresen sus objetivos vitales y valores personales para que orienten a los profesionales médicos en la toma de decisiones clínicas. Se pueden designar representantes que actuarán ante el médico o el equipo sanitario como interlocutores de las instrucciones y valores manifestados. Si la familia no está de acuerdo con lo que se ha puesto en la MAV, la instrucción del otorgante tiene preferencia para el personal sanitario. La información o presentación del documento se tramita ante la Secretaría General Técnica de la Consejería de Sanidad.
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