Estaba dicho, y así ha sido, Madrid nos sitúo en San Bartolomé de Tirajana el mayor centro penitenciario de Europa y la alcaldesa desatendiendo a sus vecinos y convirtiendo los acuerdos plenarios en contra de su instalación en papel mojado, renunciando a sus principios nacionalistas, está rendida ante la Delegada del Gobierno.
Y es que el Ayuntamiento es capaz de pagar facturas multimillonarias a catedráticos, al efecto de obtener seguridad jurídica en cuestiones nimias y en el presente caso se aquieta de forma sospechosa, bajo el pretexto poco creíble que esto nos viene de "arriba". Por tanto, que el centro penitenciario sea inocuo o maligno para el sector turístico y población residente en nuestro municipio, es una variable que sólo el tiempo despejará, pero que en cualquier caso caerá en la conciencia Mari Pino Torres y el actual grupo de gobierno municipal, y es que no haber combatido ninguno de los actos preparatorios para la instalación del Centro penitenciario me permiten hacer la anterior afirmación. Y es aquí donde me permito recordarle que diecisiete de veintiún concejales posibles se oponen a la instalación, y ello con independencia de su afiliación política. ¿Cómo pretende que sea respetada la institución municipal cuando ni tan siquiera usted respeta los acuerdos que adopta su pleno?
Y ahora LA SIEPSA con la obra, desde estas líneas le digo que no se deje ningunear, que el artículo 167 del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio y de Espacios Naturales Protegidos de Canarias, sujeta a la obtención de licencia previa los actos de la administración del Estado, ya bien sea porque no se encuentran recogidos en el artículo 11 relativo a la concertación administrativa, ya bien sea porque la concertación sea negativa.
Pero por si la tesis que sostiene es la que ha sostenido ante los tribunales, le digo que está radicalmente equivocada, que la disposición adicional tercera de obra pública ha sido derogada por la Ley 2/2008 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo, que autoriza al Ayuntamiento a suspender las obras realizadas por la Administración General del Estado cuando sean disconformes con el planeamiento urbanístico; salvo -claro está- que se haya dejado pasar el plazo al que se hace referencia en la disposición adicional décima. Y en este caso, ya hablaríamos de palabras mayores, cuales son el haber dejado de percibir el impuesto de construcciones e instalaciones. Finalmente recordarle que LA SIEPSA no tiene entre sus objetos sociales otorgar compensaciones por algo que constituye la consecución de su objeto social. Así que no ahonde en el ridículo al que tiene sometido a este pueblo.
José Luis Vega es presidente de la Asamblea Local de Coalición Canaria en San Bartolomé de Tirajana








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