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CEISA sufre un revés judicial en su batalla por el puerto de Santa Águeda

El tribunal anula la sentencia que obligaba a tramitar nuevamente la solicitud de la cementera y devuelve el procedimiento al juzgado. La empresa mantiene abierta su batalla judicial por el futuro del puerto

MARCOS PONTE
Lunes, 19 de Octubre de 2026
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La cementera CEISA ha sufrido un nuevo revés judicial en el prolongado conflicto que mantiene con Puertos Canarios por el futuro del puerto de Santa Águeda, en El Pajar, al sur de Gran Canaria. El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha estimado el recurso de apelación presentado por el organismo autonómico y ha anulado una sentencia de julio de 2025 que obligaba a completar el expediente administrativo y resolver la solicitud de una nueva concesión portuaria presentada por la empresa.

La decisión, recogida en la sentencia 440/2026, de 15 de octubre, supone un resultado favorable para Puertos Canarios y deja sin efecto el pronunciamiento judicial anterior. El tribunal considera, según ha comunicado el ente público, que no procedía exigir a la Administración una resolución sobre un expediente que ya había sido resuelto expresamente.

El fallo introduce un nuevo giro en una controversia que enfrenta desde hace años a la cementera con el Gobierno de Canarias y que ha provocado un intenso debate político, económico y social sobre el futuro de uno de los enclaves industriales más conocidos del litoral de San Bartolomé de Tirajana.

El TSJC respalda el recurso de Puertos Canarios

El procedimiento tiene su origen en la solicitud presentada por Cementos Especiales de las Islas (CEISA) en marzo de 2021 para obtener una nueva concesión sobre las instalaciones portuarias de Santa Águeda.

Ante la falta de respuesta inicial, la empresa recurrió a la vía judicial por silencio administrativo. Sin embargo, durante la tramitación del litigio, el Consejo de Administración de Puertos Canarios adoptó el 4 de diciembre de 2024 una resolución expresa que denegaba la concesión solicitada.

Pese a que ambas partes habían comunicado al juzgado la existencia de esa decisión, la sentencia de primera instancia, dictada el 7 de julio de 2025, ordenó completar el expediente administrativo y resolverlo en un plazo de seis meses.

Puertos Canarios apeló al entender que esa obligación carecía de fundamento, ya que el expediente estaba resuelto antes de dictarse la sentencia.

El TSJC ha acogido ahora ese argumento y, según el comunicado institucional, concluye que no podía ordenarse una nueva actuación administrativa como si la solicitud continuara pendiente.

La Sala señala que la sentencia anulada exigía una actuación cuya finalidad ya se había cumplido. También recuerda que la resolución denegatoria de diciembre de 2024 no había sido cuestionada en este procedimiento y gozaba de la presunción de legalidad propia de los actos administrativos.

La consecuencia inmediata es que CEISA pierde el efecto favorable que le proporcionaba aquella sentencia de primera instancia, aunque el tribunal superior no se ha pronunciado sobre la validez material de todos los argumentos utilizados para denegar la concesión.

La negativa de 2024, en el centro del conflicto

El nuevo pronunciamiento judicial devuelve el protagonismo a una decisión administrativa que marcó un punto de inflexión en la controversia.

El 4 de diciembre de 2024, el Consejo de Administración de Puertos Canarios rechazó la solicitud de CEISA para continuar utilizando el puerto de Santa Águeda mediante una prórroga o una nueva concesión.

La decisión se adoptó sin votos en contra y afectaba al aprovechamiento del dominio público portuario, no directamente a los terrenos privados ocupados por la fábrica de cemento.

Para el Gobierno de Canarias, la concesión que permitía la actividad portuaria industrial había vencido en octubre de 2022. La empresa ha mantenido una posición contraria a esa interpretación y ha acudido a los tribunales para defender sus derechos.

La Administración autonómica también ha vinculado el futuro del puerto a las previsiones del Plan Insular de Ordenación de Gran Canaria, que contempla usos turísticos y deportivos para el enclave.

La distinción entre la actividad industrial desarrollada en la fábrica y el derecho a ocupar las instalaciones portuarias constituye una de las claves jurídicas de la controversia.

Un conflicto que se remonta a varias décadas

La presencia industrial de CEISA en Santa Águeda tiene una larga trayectoria. La documentación publicada en el Boletín Oficial de Canarias recoge autorizaciones portuarias que se remontan a 1957 y 1963, posteriormente refundidas mediante una orden ministerial de 1972.

La solicitud presentada por la cementera en marzo de 2021 abrió una nueva etapa administrativa y judicial sobre la continuidad de esa ocupación.

En octubre de 2022, Puertos Canarios sometió a información pública el expediente para el otorgamiento de un nuevo título concesional. Dos años después, la Administración autonómica rechazó expresamente la petición.

Desde entonces, el conflicto se ha extendido a distintos procedimientos judiciales y ha situado en el centro del debate el futuro económico del enclave, el mantenimiento de la actividad industrial y las alternativas de aprovechamiento del litoral.

La cuestión también ha enfrentado distintas posiciones políticas e institucionales sobre el modelo de desarrollo que debe prevalecer en Santa Águeda.

La Justicia había frenado el desmantelamiento en mayo

El nuevo revés judicial contrasta con la resolución cautelar favorable que CEISA obtuvo el pasado mes de mayo.

Como informó Maspalomas Ahora el 15 de mayo de 2026, el juzgado acordó suspender las actuaciones dirigidas a la retirada o demolición de las instalaciones portuarias de la cementera hasta que existiera una resolución firme en el procedimiento correspondiente.

Aquella medida respondía al riesgo de que el desmontaje anticipado provocara perjuicios irreversibles antes de que la Justicia examinara el fondo del litigio.

La decisión fue recibida favorablemente por CEISA, que defendió su importancia para la continuidad de la actividad industrial y la estabilidad de sus trabajadores.

Sin embargo, aquella suspensión tenía carácter cautelar y no suponía un reconocimiento definitivo del derecho de la empresa a mantener la concesión.

La sentencia conocida este lunes se refiere a otro aspecto de la controversia: la obligación impuesta anteriormente a Puertos Canarios de completar y resolver un expediente administrativo que, según el TSJC, ya contaba con una decisión expresa.

Por tanto, el pronunciamiento de octubre no permite concluir que haya quedado levantada la suspensión cautelar del desmantelamiento.

El futuro del puerto sigue sin resolverse

La relevancia del conflicto trasciende el enfrentamiento jurídico entre CEISA y Puertos Canarios.

Santa Águeda ocupa un enclave estratégico del litoral del sur de Gran Canaria y su transformación plantea cuestiones relacionadas con la actividad industrial, el empleo, la ordenación territorial y los posibles usos turísticos y deportivos.

La cementera ha defendido históricamente la importancia de las instalaciones portuarias para su funcionamiento, mientras que la Administración autonómica sostiene que la continuidad de esos usos debe ajustarse a los títulos concesionales y a la planificación territorial.

El enfrentamiento también ha generado posiciones distintas entre representantes políticos, agentes económicos y colectivos vinculados a El Pajar.

La decisión del TSJC supone ahora un respaldo a los argumentos procesales de Puertos Canarios, pero no despeja definitivamente las incógnitas sobre el futuro del puerto ni sobre las consecuencias que tendría una eventual salida de CEISA del dominio público portuario.

Una victoria judicial que no cierra el procedimiento

La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha ordenado devolver las actuaciones al juzgado de origen para que dicte una nueva sentencia sobre el fondo del recurso.

El tribunal tampoco ha entrado a resolver la apelación presentada por CEISA contra la sentencia anterior, al haber quedado esta anulada.

Además, la resolución no es firme y contempla la posibilidad de interponer recurso de casación. No se han impuesto las costas procesales a ninguna de las partes debido a la complejidad del asunto.

Puertos Canarios ha valorado favorablemente el pronunciamiento y considera que reconoce la corrección de sus argumentos sobre la existencia de una resolución administrativa previa.

CEISA pierde así este episodio de su batalla judicial por Santa Águeda, aunque todavía no existe una decisión definitiva que resuelva todos los procedimientos abiertos sobre la concesión y las instalaciones portuarias. El futuro del enclave continúa condicionado por nuevas decisiones judiciales y administrativas.

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