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TRIBUNALES

La Audiencia Nacional abre una vía para revisar el deslinde que afecta a un hotel de Las Burras

La sentencia reconoce que las obras del paseo marítimo modificaron el terreno y obliga a Costas a iniciar un procedimiento de rectificación

MASPALOMAS AHORA
Domingo, 16 de Agosto de 2026
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La Audiencia Nacional obliga al Ministerio para la Transición Ecológica a iniciar un procedimiento para rectificar el deslinde del dominio público marítimo-terrestre en un tramo de Las Burras, en San Bartolomé de Tirajana

La resolución, dictada el pasado 15 de abril, y que se ha dado a conocer este fin de semana, estima parcialmente el recurso presentado por la mercantil hotelera y ordena iniciar el expediente de rectificación de la ribera del mar entre los vértices M-C y M-E del deslinde aprobado en 1989 para el tramo comprendido entre Morro Besudo y El Veril.

La decisión judicial no supone, sin embargo, la anulación inmediata del deslinde ni determina por sí sola que los terrenos afectados dejen de formar parte del dominio público marítimo-terrestre. La Audiencia Nacional ordena que se tramite el procedimiento administrativo correspondiente, con información pública, informes de las administraciones afectadas y audiencia a los interesados.

Desde 2001

El origen del conflicto se remonta a octubre de 2001, cuando la empresa solicitó la modificación de la ribera del mar en la zona de Punta de Las Burras, dentro del tramo delimitado por los vértices M-C y M-E.

El deslinde que afecta a ese espacio había sido aprobado mediante una Orden Ministerial de 31 de octubre de 1989 y comprende la costa entre El Cochino o Corralillo y Morro Besudo.

En los primeros informes, la Demarcación de Costas sostuvo que las actuaciones realizadas después de la aprobación del deslinde no habían alterado de forma significativa las características de los terrenos.

La posición de la Administración cambió posteriormente al analizar las obras ejecutadas para la rehabilitación integral del paseo marítimo entre San Agustín y El Veril.

Costas lo reconoció 

En una resolución de marzo de 2006, el entonces Ministerio de Medio Ambiente reconoció que las obras del paseo habían afectado sensiblemente a la margen derecha del barranco de La Gloria y habían modificado de manera relevante la cota del terreno.

El propio Ministerio consideró entonces que esa transformación podía haber modificado la ribera del mar y señaló la necesidad de iniciar un expediente para determinar sus consecuencias sobre el deslinde.

Ese antecedente administrativo resulta ahora especialmente relevante porque la Audiencia Nacional considera acreditado que las obras produjeron una transformación física del terreno.

La clave

La sentencia analiza una previsión específica de la legislación de costas aplicable a determinados paseos marítimos construidos entre la entrada en vigor de la Ley de Costas de 1988 y la Ley 2/2013.

La normativa contempla que, cuando concurren determinados requisitos, la línea exterior del paseo marítimo pueda considerarse la línea interior de la ribera del mar.

La Audiencia Nacional considera acreditado que el paseo de esta zona fue ejecutado en el año 2000 por el Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana y que contó con autorización de la Demarcación de Costas.

Además, el tribunal considera probada la alteración física del terreno mediante las pruebas periciales, fotografías y documentación incorporadas al procedimiento judicial.

Esa circunstancia lleva a la Sala a considerar que procede iniciar el procedimiento de rectificación del deslinde en el tramo afectado.

La sentencia no elimina todavía el deslinde

El alcance de la resolución es importante y debe distinguirse de una anulación directa del deslinde.

La Audiencia Nacional declara nulo el silencio administrativo producido después de que el Ministerio no resolviera la solicitud presentada la entidad hotelera y reconoce a la empresa el derecho a que se inicie el procedimiento de rectificación.

Será ese expediente administrativo el que deberá concretar la nueva delimitación de la ribera del mar, después de cumplir los trámites previstos legalmente.

Por tanto, la sentencia no fija directamente una nueva línea de deslinde ni supone que el terreno quede automáticamente fuera del dominio público marítimo-terrestre.

La resolución también puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.

25 años

El expediente acumula ya 25 años de reclamaciones.

La primera solicitud para modificar la ribera del mar fue presentada en 2001, después del deslinde aprobado en 1989. Desde entonces se han sucedido informes de Costas, procedimientos administrativos y recursos judiciales relacionados con la delimitación de este tramo del litoral.

Ahora, la Audiencia Nacional devuelve el asunto al ámbito administrativo y obliga al Ministerio para la Transición Ecológica a tramitar el procedimiento que determinará si procede modificar finalmente el deslinde.

La cuestión, por tanto, no está todavía resuelta de manera definitiva. La próxima decisión corresponderá a Costas, que tendrá que determinar mediante el procedimiento ordenado por la Audiencia Nacional cómo debe quedar la ribera del mar en este tramo de Las Burras.

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