Tienes activado un bloqueador de publicidad

Intentamos presentarte publicidad respectuosa con el lector, que además ayuda a mantener este medio de comunicación y ofrecerte información de calidad.

Por eso te pedimos que nos apoyes y desactives el bloqueador de anuncios. Gracias.

Continuar...

VIVIENDA VACACIONAL

La PALT denuncia contradicciones en un trámite registral sobre la vinculación turística de viviendas

La plataforma asegura que el formulario fue entregado a propietarios que pretendían impedir cualquier adscripción a una explotación turística sin su autorización

Imagen de archivo | Maspalomas Ahora Imagen de archivo | Maspalomas Ahora
MASPALOMAS AHORA
Martes, 11 de Agosto de 2026
Tiempo de lectura:

La Plataforma de Afectados por la Ley Turística (PALT) ha denunciado la situación de varios propietarios de San Bartolomé de Tirajana que acudieron al Registro de la Propiedad nº 2 para dejar constancia de su oposición a una posible vinculación turística de sus inmuebles y recibieron un formulario que incluye una solicitud para incorporar ese uso a la finca.

La organización había elaborado un modelo de oposición destinado a impedir, sin consentimiento del titular, la adscripción de las viviendas a una explotación turística o la incorporación de restricciones registrales. Sin embargo, según la documentación aportada, el formulario de “Presentación de documento” entregado a una propietaria recoge en su apartado E que se incluya “el uso turístico al que están destinadas la parcela y el inmueble”.

La PALT reclama al Registro una explicación sobre el alcance de ese apartado y plantea que debe aclararse qué fundamento jurídico permitiría modificar la situación registral de las propiedades. También pide que los titulares sean notificados si una empresa explotadora, promotor o tercero solicita inscribir una adscripción turística, unidad de explotación o limitación de uso.

La plataforma vincula su iniciativa a unas declaraciones atribuidas al registrador de la Propiedad nº 2 sobre la aplicación de la nueva normativa turística. Según la PALT, habría señalado que los complejos en división horizontal pasarían a considerarse establecimientos turísticos y sus apartamentos y bungalows, unidades alojativas.

La entidad sostiene que numerosos inmuebles afectados fueron adquiridos hace décadas por particulares y que algunos constituyen su residencia. Por este motivo, anuncia que estudiará cada caso y recurrirá a las vías administrativas y judiciales que considere oportunas para defender la voluntad de los titulares y la seguridad jurídica de sus propiedades.

Etiquetado en

Tu comentario
Tu comentario
CAPTCHA

Normas de participación

Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.

Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.

La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad

Normas de Participación

Política de privacidad

Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.43

.

Publicidad

X
Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.