El Tribunal Supremo ha anulado el Real Decreto 1312/2024 que creaba el registro único estatal de viviendas de alquiler de corta duración, una decisión que afecta a la obligación de duplicar la inscripción de los alojamientos turísticos.
El Gobierno de Canarias considera que el fallo confirma sus advertencias sobre la inseguridad jurídica y la invasión competencial de la norma impulsada por el Ministerio de Vivienda.
El Ejecutivo autonómico sostiene que el registro estatal no venía impuesto por la normativa europea y que la decisión del Gobierno central generó una duplicidad administrativa innecesaria.
El director general de Ordenación, Formación y Promoción Turística, Miguel Ángel Rodríguez, afirma que la sentencia avala los argumentos defendidos por Canarias desde antes de la entrada en vigor del decreto.
Rodríguez añade que la aplicación de la norma provocó incertidumbre en el sector, especialmente por la falta de claridad en los requisitos, la coordinación entre administraciones y el impacto sobre pequeños propietarios.
El Ejecutivo canario apunta también a efectos negativos en zonas rurales y municipios con menor presión turística, donde el coste de inscripción habría dificultado la actividad de algunos operadores.
El Gobierno de Canarias insiste en que la ausencia de registro estatal no convierte en ilegal la actividad de alquiler vacacional y reclama un marco regulatorio basado en el consenso y el respeto competencial.










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