La Asociación Canaria del Alquiler Vacacional (ASCAV) denuncia que el Gobierno de Canarias pretende modificar de forma sustancial la Ley 6/2025 de Ordenación Sostenible del Uso Turístico de Viviendas mediante enmiendas incorporadas a un proyecto legislativo centrado en la agilización de licencias urbanísticas. A su juicio, estas modificaciones carecen de relación con el objeto inicial de la norma y alteran de manera significativa el régimen jurídico del alquiler vacacional.
La organización advierte de que esta vía vulnera criterios jurídicos ya establecidos, al introducir cambios de fondo a través de enmiendas; y recuerda que, según doctrina del Tribunal Constitucional, este mecanismo no puede emplearse para crear una regulación nueva sin una iniciativa legislativa específica.
Entre las medidas planteadas, ASCAV destaca la consideración automática como alquiler turístico de cualquier arrendamiento inferior a 31 días, lo que, a su entender, invade competencias estatales y obliga a los propietarios a verificar y justificar la información de los inquilinos, bajo sanciones que oscilan entre 1.501 y 30.000 euros.
Asimismo, cuestiona la importación de criterios de la normativa catalana, al entender que Canarias carece de competencias en derecho civil que sí posee Cataluña.
También señala otras modificaciones relevantes, como la limitación a una vivienda turística por referencia catastral, la caducidad a los 30 años del uso consolidado y la exigencia de nuevos requisitos administrativos que, en su opinión, dificultan la actividad.
Del mismo modo, el colectivo subraya además la reducción del plazo para declarar el uso consolidado de cinco años a doce meses, así como la obligación de acreditar la legalidad urbanística mediante certificación municipal, lo que excluiría a numerosas viviendas situadas fuera de ordenación.
Además, el incumplimiento de la normativa de actividades clasificadas, añaden, implicaría el cese inmediato, una medida que, según estima, afectaría a la mayoría del sector.
Por último, ASCAV insiste en que estas modificaciones suponen una reforma encubierta de la ley turística a través de una norma ajena a esa materia, por lo que reitera la necesidad de revisar el procedimiento y someter los cambios a un análisis jurídico independiente.








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