Torres argumenta su orden, a la que ha tenido acceso Efe, al recordar que sobre el uso indebido de internet existe abundante jurisprudencia y a modo de ejemplo citó la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 12 de noviembre de 2001.
Recordó que la jurisprudencia considera que, el ordenador no es un efecto personal del trabajador, sino una "herramienta del trabajo" propiedad de la empresa.
Asimismo, un segundo oficio revela que a la Alcaldía han llegado quejas por parte de algunas de las personas que prestan sus servicios en la Corporación, quienes han comunicado que sus datos y demás circunstancias personales y laborales se han hecho públicos sin su consentimiento.
Estas personas consideran que no se les ha respetado sus legítimos derechos de protección de datos y el sigilo profesional de las personas obligadas a guardarlo.
Este segundo oficio de Alcaldía recuerda que la Ley Orgánica de Protección de Datos establece claramente los derechos y las responsabilidad que asume quienes realicen un uso irregular de los datos que están obligados a proteger.
Por este motivo, la alcaldesa advirtió nuevamente a funcionarios y personal laboral, que ante cualquier violación de las normas de protección de datos y sigilo profesional será investigada y sancionada.









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