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INMIGRACIÓN

Canarias y el Estado pactan un procedimiento exprés para los menores migrantes con derecho a asilo

El procedimiento incluye plazos estrictos para garantizar el acceso al sistema de protección en menos de seis días

Reunión del pacto migratorio Reunión del pacto migratorio
MASPALOMAS AHORA
Jueves, 26 de Junio de 2025
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Fernando Clavijo ha resumido, ante el Pacto Canario por la Migración, la hoja de ruta consensuada con el Gobierno central tras el auto del Tribunal Supremo del 4 de junio. El documento, elaborado por los Servicios Jurídicos de la comunidad autónoma, establece tres fases: ingreso inmediato en el sistema de protección, traslado provisional al recurso estatal más adecuado y una evaluación individual que determine el destino final.

El Gobierno de Canarias ha subrayado que el procedimiento no debe confundirse con la futura modificación de la Ley de Extranjería, orientada a distribuir entre las distintas comunidades a los menores no acompañados que no han solicitado asilo.

Por su parte, la Conferencia Sectorial de Infancia abordará mañana dos decretos: uno relativo a la declaración de contingencia migratoria y otro vinculado al despliegue del nuevo sistema de reparto. Además, la comunidad ha propuesto que los traslados de menores sean efectuados por miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

De los 1.294 menores identificados por Canarias como solicitantes de protección internacional, el Ministerio del Interior reconoce oficialmente a 827 y, a partir del próximo martes, se iniciará el procedimiento para incorporar a 250 al sistema, al tiempo que se gestionará el reconocimiento de los 367 restantes.

Asimismo, el Estado habilitará plazas de acogida temporal en Gran Canaria y, una vez completada la evaluación de cada caso, se asignará un recurso definitivo en función del interés superior del menor, con la posibilidad excepcional de permanecer en la isla.

Por último, ambas administraciones han asumido el compromiso de respetar los plazos marcados por el Supremo: el menor solo deberá presentar la documentación imprescindible y la resolución que autorice su entrada en el sistema deberá dictarse en un máximo de tres días hábiles, o cinco naturales, garantizando que “no pueden pasar más de 6 días entre que un menor manifieste su voluntad de pedir asilo y la formalización de su solicitud”.

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