La Plataforma de Afectados por la Ley Turística (PALT) ha expresado su rechazo al proyecto de ley que regulará el alquiler vacacional en Canarias, al considerar que su verdadera finalidad es prohibir la actividad en apartamentos y bungalows ubicados en zonas turísticas de todo el archipiélago.
Según la PALT, el texto reproduce los conceptos de la Ley 2/2013, conocida como "la del parque temático", estableciendo una especialización del suelo sin una base jurídica sólida. "Se parte del prejuicio de que los apartamentos y bungalows no son auténticas viviendas, lo que se usa como excusa para imponer una barrera insalvable", denuncia la plataforma en un comunicado.
El colectivo advierte de que la normativa, bajo el argumento de la "sostenibilidad de la actividad turística", favorece a los operadores no hoteleros tradicionales en detrimento de la propiedad privada y de otros modelos de explotación turística. Asimismo, alerta de que el proyecto de ley traerá consigo un incremento de la litigiosidad en el sector, sobretodo en los inmuebles ubicados en zonas turísticas.
Entre las principales objeciones jurídicas que esgrime la PALT se encuentra la posible vulneración del derecho comunitario y estatal, así como del principio de primacía legislativa. A través de un comunicado, aseguran que impone limitaciones y prohibiciones desproporcionadas, sin razones de interés general justificadas, y establece requisitos más estrictos para el alquiler vacacional en comparación con otros productos turísticos.
Además, según la plataforma, el proyecto de ley invade competencias municipales al impedir el libre ejercicio de la potestad de planificación urbanística de los ayuntamientos y sobrecargar su administración con exigencias de difícil cumplimiento. También critican que se aplique un criterio homogéneo a todos los municipios e islas, sin tener en cuenta sus especificidades.
La PALT también señala que la normativa entra en contradicción con la jurisprudencia del Tribunal Supremo y de las Audiencias Provinciales de Canarias, que han dictaminado que no existe la obligación de destinar apartamentos o bungalows a la explotación turística ni de asumir los costes derivados de la misma.
Por último, el colectivo destaca que el texto establece una prórroga de cinco años como compensación por los perjuicios causados, lo que, en su opinión, reconoce implícitamente los daños económicos que generará su aplicación. En este sentido, prevén una oleada de reclamaciones patrimoniales que, advierten, podrían recaer sobre los ayuntamientos.
Normas de participación
Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.
La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad
Normas de Participación
Política de privacidad
Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.174