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AV impugnará los presupuestos y la plantilla de personal

Jueves, 26 de Junio de 2008
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Los concejales de AV en el Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana anunciaron que impugnarán los presupuestos generales de 2008 y la plantilla de personal mediante una reclamación administrativa contra el expediente. AV recuerda que el pasado día 2 de junio en el Pleno Extraordinario, se aprobó inicialmente el Presupuesto General de este Ayuntamiento para el ejercicio económico 2008. El Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales establece en su Art. 170.1 y 2, explica los motivos para establecer Reclamación Administrativa al Presupuesto General, indican. En cuanto al Plan Estratégico de Subvenciones, todas las expuestas, al igual que otras muchas que aparecen descritas en el Plan Municipal de Subvenciones carecen del coste previsible en esa línea de acción, por lo tanto de dotación económica en el capítulo IV del Presupuesto Municipal para el 2.008, con lo que si realmente se quieren cumplir los objetivos señalados deberán estar dotadas de su correspondiente consignación presupuestaria, aseguran. Conforme a lo establecido en el art 8.1. de la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones señala que cuando las Administraciones Públicas pretendan otorgar subvenciones deben aprobar su correspondiente Plan Estratégico en el que se concretan los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y su fuente de financiación. Por otra parte, AV, presentará una moción al mismo pleno en la que pedirán que se solicite al presidente del Gobierno de Canarias, a la consejera de Educación y al Director General de Ordenación e Innovación Educativa que se revise la Resolución de 11 de junio de 2008, de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, por la que se dictan instrucciones para la impartición de bachillerato en el curso 2008-2009 en lo que respecta a la enseñanza de la Segunda Lengua Extranjera y a la ratio referente a una primera lengua extranjera diferente al inglés. Además, demandan que la segunda lengua extranjera sea de oferta obligada para todos los centros en todas las modalidades en 1o y 2o de Bachillerato y que todo el alumnado que no curse esta materia, como específica de una modalidad pueda cursarla como optativa. Asimismo, piden que para impartir la primera lengua extranjera sea necesario un número mínimo de 12 alumnos y alumnas, y excepcionalmente 8 tal y como sucede con el resto de las materias según se establece en la instrucción cuarta de la Resolución.
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