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Votos por correo Votos por correo

ELECCIONES GENERALES

Ya se puede solicitar por internet el voto por correo para las elecciones del 23 de julio

Los que opten por esta modalidad tienen de plazo hasta el 13 de julio para solicitar el certificado

MASPALOMAS AHORA
Miércoles, 31 de Mayo de 2023
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Los electores ya pueden solicitar a través de internet el voto por correo para las elecciones generales del 23 de julio, desde la web de Correos (www.correos.es), sin tener que acudir en persona a una oficina postal.

Los que opten por esta modalidad tienen de plazo hasta el 13 de julio para solicitar el certificado de su inscripción en el censo electoral correspondiente, un requisito imprescindible para poder emitir el voto.

Con este modelo de solicitud, que evita desplazamientos, el interesado debe acreditar su identidad mediante firma electrónica. También se aceptan como sistemas de identificación los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria y el DNI electrónico (DNI-e).

SOLICITUD DE VOTO EN OFICINAS

Los electores pueden también solicitar el voto por correo en todas las oficinas de Correos. Lo deben hacer personalmente, salvo en caso de enfermedad o discapacidad –acreditada mediante certificación médica oficial- que le impida la formulación personal de dicha petición.

En ese caso, lo puede presentar en su nombre otra persona autorizada notarialmente o consularmente.

En el momento de formular la solicitud, los interesados deben acreditar su identidad presentando ante el empleado de la oficina postal el DNI, pasaporte o carnet de conducir originales.

CITA PREVIA PARA EVITAR ESPERAS EN LAS OFICINAS

Para agilizar los trámites y evitar esperas, Correos ofrece la opción de cita previa para solicitar el voto en oficinas, a través de la app, la web o la oficina virtual.

Para ello, el ciudadano tan solo debe seleccionar la oficina disponible que tenga cita previa y, por último, elegir el día y la hora que más le convengan.

A PARTIR DEL 3 DE JULIO SE RECIBIRÁ LA DOCUMENTACIÓN

Correos entregará las solicitudes recibidas en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral, quienes enviarán a los solicitantes, a partir del 3 de julio, la documentación necesaria para que puedan ejercer el voto por correo.

Se recuerda a las personas que soliciten el voto por correo que esa documentación la recibirán en la dirección que indiquen en la solicitud, que no tiene por qué coincidir con su domicilio habitual.

El plazo de depósito del voto por correo finalizará el 19 de julio de 2023.

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