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Médico de familia en un centro de salud. Imagen de archivo Médico de familia en un centro de salud. Imagen de archivo

SANIDAD

El SCS regula los criterios para que el personal de Primaria pueda trabajar hasta los 70 años

En estos criterios de incluye la vida laboral de facultativos, médicos de familia y pediatras

MASPALOMAS AHORA
Viernes, 26 de Mayo de 2023
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El Servicio Canario de la Salud (SCS) ha publicado una instrucción que recoge los criterios, requisitos y procedimientos que regularán la extensión voluntaria de la vida laboral de facultativos, médicos de familia y pediatras en Atención Primaria hasta los 70 años.

Una posibilidad, la de la extensión de la vida laboral más allá de la edad de jubilación, que queda recogida en el Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, informa la Consejería de Sanidad en un comunicado.

El objetivo del cambio normativo, que afecta a toda España, es contribuir a paliar la falta de facultativos de Atención Primaria, médicos de familia y pediatras en el Sistema Nacional de Salud.

Esta iniciativa se desprende del Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad que contempla una modificación de la Ley General de la Seguridad Social.

Con la publicación de esta regulación se establecen unos criterios y terminología comunes de aplicación en todos los órganos del SCS, con competencias en materia de Recursos Humanos en el ámbito de la Atención Primaria.

El objetivo es la correcta aplicación de la Ley General de la Seguridad Social, en lo referente a la compatibilidad de la pensión contributiva de jubilación con el trabajo de los profesionales sanitarios de las categorías mencionadas y que tengan nombramiento estatutario o funcionario y que estén adscritos al ámbito de Atención Primaria en las instituciones sanitarias del SCS.

Esta medida se aplicará a dos grupos de trabajadores:

- Facultativos de Atención Primaria, médicos de familia y pediatras adscritos al SCS que estuvieran en activo y que continúen desempeñando sus funciones durante la prolongación en dicho servicio activo y, simultáneamente, accedan a la jubilación percibiendo el 75 por ciento del importe resultante en el reconocimiento inicial de la pensión.

-Facultativos de Atención Primaria, médicos de familia y pediatras adscritos al Sistema Nacional de Salud que hubieran accedido a la pensión contributiva de jubilación y se reincorporen al servicio activo, siempre que dicha jubilación haya tenido lugar a partir del 1 de enero de 2022 o se hubieren acogido en su día a la compatibilidad de la pensión de jubilación con el nombramiento como personal estatutario o funcionario.

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