El Juzgado de lo Penal Número 1 de Soria ha condenado a un año de prisión al hombre que abofeteó a su mujer mientras esta realizaba un directo en la red social TikTok cuando conversaba con otros tres jóvenes el pasado 28 de enero, vídeo que acabó haciéndose viral.
Además, la sentencia incluye la prohibición de acercarse a menos de 300 metros de ella durante tres años.
La jueza, según la sentencia, considera al hombre autor de un delito de malos tratos en el ámbito de la violencia contra la mujer y le impide comunicarse con ella por cualquier medio o procedimiento, directo o indirecto, durante otros tres años, el mismo tiempo en que tendrá privado el derecho de tenencia y porte de armas.
Durante el juicio, tanto el hombre como la víctima se acogieron a su derecho a no declarar, aunque la mujer, que se encontraba muy nerviosa, solo intervino para insistir en que su marido nunca la había maltratado ni tampoco la obliga a decirlo. De hecho, la mujer no interpuso denuncia.
En la sentencia, la magistrada ha aclarado que “en los delitos de violencia de género no es necesaria la denuncia de la víctima, debiéndose castigar una vez que se tiene conocimiento de su comisión”.
En este sentido, ha apuntado que “basta con el simple hecho de la retransmisión en directo de la bofetada para que los poderes públicos desplieguen el ámbito de protección de la víctima, con independencia de que ella se reconozca como tal”.
En la graduación de la pena, la magistrada ha tenido en consideración que el hombre "golpeó a la víctima en público, ante miles de personas, con la finalidad, además de causarle un maltrato físico, de humillarla y menospreciarla ante sus amigos y conocidos; impuso su dominación sobre su esposa ante las redes sociales, sin que el hecho de que estuviera en directo le hiciera detener su agresión; y se sintió ofendido por lo que le habían dicho a su esposa y reaccionó agrediéndola en público".
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