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SOCIEDAD

El Constitucional ultima devolver el escaño a Alberto Rodríguez

MASPALOMAS AHORA
Martes, 14 de Junio de 2022
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El Tribunal Constitucional fallará a favor de devolver el escaño al exdiputado tinerfeño de Unidas Podemos Alberto Rodríguez, alegando “falta de motivación” en la resolución dictada por la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, en la que ejecutaba la pena de inhabilitación impuesta por el Tribunal Supremo al político de la formación morada por agredir a un Policía durante una manifestación.

 

La previsible decisión del Constitucional ha sido avanzada este lunes por el periodista Ernesto Ekaizer en declaraciones a Radio Euskadi. Ekaizer se ha mostrado contundente al asegurar que, según la información de la que dispone, “el escaño será devuelto” a Rodríguez. “Es muy importante esa falta de motivación, porque cuando ves las razones por las que la señora Batet le comunicó la medida a Alberto Rodríguez ves que no hay nada”, ha abundado el periodista, que ha señalado que, según sus fuentes, la resolución será pública a final de mes o principios de julio.

 

Alberto Rodríguez presentó dos recursos de amparo ante el Tribunal Constitucional, tanto contra la sentencia del Tribunal Supremo —que a la postre motivó la pérdida del escaño–, por considerar que viola sus derechos fundamentales, así como contra la resolución de la presidenta del Congreso que ejecutaba la pena de inhabilitación impuesta en esa sentencia.

 

Rodríguez fue despojado de su acta de diputado por una decisión de la Mesa tras la sentencia del Supremo que lo condenó por agredir a un policía durante una manifestación a una pena de inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo. Esa inhabilitación terminó el 5 de diciembre de 2021, pero Rodríguez no ha recuperado su escaño, que su grupo parlamentario mantiene vacante.

 

En el caso del Supremo, en su recurso Rodríguez –que en las últimas semanas ha anunciado su intención de fundar un nuevo partido “de obediencia canaria”– alegó vulneración del derecho al juez imparcial, a la presunción de inocencia y al principio de legalidad penal, al imponerle la pena accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo pese a la sustitución de la pena de prisión por la de multa.

 

En cuanto a la decisión de Batet, el exdiputado sostiene que se vulneró su derecho a permanecer en el ejercicio del cargo público representativo mediante una decisión que debería haber correspondido al pleno del Congreso y no a su presidenta. También cree que esa medida estuvo insuficientemente motivada y considera que la consecuencia de la pérdida de la condición de diputado implica doble punibilidad y es una consecuencia desproporcionada derivada de la sanción penal. El argumento de la falta de motivación sería el que, según Ekaizer, ha admitido el Constitucional para dejar sin efecto la pérdida del escaño.

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