La Audiencia Provincial de Las Palmas ha inhabilitado a la alcaldesa de Ingenio durante tres años para administrar bienes ajenos. La sentencia, dictada el pasado 7 de abril por la Sección Cuarta, resolvió también que la regidora municipal deberá hacerse cargo de cubrir el déficit concursal de la empresa de la que hasta 2016 fue administradora general, Viajes Imansur SL (59.131 euros), según publica el Canarias 7.
En este segundo fallo la justicia ha aceptado el recurso presentado por Hernández, rebajando la condena de inhabilitación de siete a tres años. También estima de forma parcial la impugnación de aquella primera resolución por parte del administrador concursal y resuelve condenar a Hernández a hacerse responsable del déficit pese a que el magistrado de primera instancia lo había rechazado.
La alcaldesa de Ingenio, en su condición de administradora de la empresa, ocultó la existencia de avales bancarios a Iberia y a Naviera Armas en sus cuentas anuales, distorsionando de esta la forma la contabilidad real de la empresa.
Según la Ley Concursal, la clasificación del concurso como culpable se funda en el perjuicio causado a los acreedores, ya sea porque los deudores o administradores de la empresa concursada haya causado o agravado la situación de insolvencia o porque hayan dificultado el desarrollo del concurso, impidiendo a los administradores concursales el desempeño de sus funciones.
En este sentido, la sentencia aclara que ésta ni guarda relación con el Ayuntamiento ni con la gestión pública ni le afecta al desempeño de su cargo.








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