La última actualización acordada este jueves, 10 de febrero, por parte del Consejo de Gobierno, confirma que a partir de las 00:00 horas de este mismo viernes las Islas pasarán a contar con restricciones del nivel inmediatamente inferior al que se encuentren. Es decir, Tenerife y Gran Canaria, ahora en nivel 4, tendrán limitaciones de nivel 3, mientras que el resto -Lanzarote, La Graciosa, Fuerteventura, La Palma, La Gomera y El Hierro-, ahora en nivel 3, tendrán las de nivel 2.
Cabe destacar que, de esta manera, la flexibilización de las medidas a un nivel inferior al establecido afecta a todas las actividades y establecimientos sujetos a limitaciones por la pandemia. Así, se establece que los grupos de personas en espacios de uso público o privado, cerrados o al aire libre, deberán ser, como máximo, de 12 personas -salvo convivientes- en los niveles de alerta 1 y 2; de ocho personas en nivel 3 y de seis personas en nivel 4.
En lo que respecta a los horarios de cierre en establecimientos y actividades que con anterioridad a la pandemia no tuvieran fijado un horario de cierre o tuvieran fijado uno superior, los horarios autorizados serán también los del nivel anterior al correspondiente a cada Isla.
Horarios de cierre según el nivel:
Nivel 1 y 2: cierre a las 04:00 horas
Nivel 3: Cierre a las 04:00 horas -a partir de ahora a las 03:00-
Nivel 4: cierre a las 02:00 horas -a partir de ahora a las 03:00 horas-.
Por su parte, en lo referente a establecimientos y actividades de hostelería y restauración, hay que recordar que en los niveles 1 y 2 el aforo es del 100 % al aire libre y del 75 % en interiores, mientras que las mesas pueden ser ocupadas por un máximo de 12 personas y la hora máxima de cierre de cada local se establece a las 04:00 horas. En nivel de alerta 3, el aforo es del 75 % al aire libre y del 50 % en interiores y las mesas pueden ser ocupadas por ocho personas como máximo, mientras que el cierre se ejecuta antes de las 03:00 horas. Por último, en nivel de alerta 4, el aforo es del 75 % en terrazas y de 40 % en interiores, pudiendo ser ocupadas las mesas por seis personas con hora de cierre a las 02:00 horas.
Asimismo, en el ámbito deportivo y cultural, dado el descenso continuado de casos, se aplicarán los límites de aforo máximo del 85 % para eventos en recintos abiertos y del 75 % para eventos en recintos cerrados, respetando las medidas no farmacológicas de protección frente a la Covid-19. Por último, el Consejo de Gobierno también ha informado de la revocación de la Orden de 20 de marzo de 2020, de Sanidad Mortuoria, dictada al principio de la pandemia, por la que se preveía la posibilidad de inhumación o incineración de las personas fallecidas por Covid antes de las 24 horas de su fallecimiento y prohibía el velatorio y cualquier intervención de tanatopraxia o tanatoestética sobre el cadáver. Ahora, la evidencia científica permite tratar y asistir el fallecimiento de pacientes con Covid como el de cualquier otro deceso, apunta el Ejecutivo.







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