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COVID-19

Estas son las medidas que rigen en Gran Canaria en nivel 2

Cristian Olivares | Tiempo de Canarias
Viernes, 10 de Septiembre de 2021
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Después de que el Consejo de Gobierno ordinario celebrado este pasado jueves tomara la decisión de rebajar la alerta sanitaria en Gran Canaria, que pasa a situarse en nivel 2, la isla redonda puede contar desde las 00:00 horas de este viernes, 10 de septiembre, con medidas más suavizadas. Todo ello tras mejorar considerablemente sus indicadores epidemiológicos durante las últimas semanas, lo que le hace contar ahora con una Incidencia Acumulada (IA) de 94,56 casos por cada 100.000 habitantes. 

 

En general, con este descenso, en Gran Canaria los aforos máximos al aire libre serán del 75 % y en el interior del 50 %. Además, los grupos de personas que pueden participar en reuniones de carácter social o familiar que no pertenezcan a un mismo núcleo de convivencia asciende a ocho, mientras que el horario de cierre para los establecimientos, incluidos los de hostelería y restauración, se amplía una hora más, hasta las 02:00 horas de la mañana

 

Además, los locales de ocio nocturno -bares de copas, discotecas y karaokes-, tal y como recoge el nuevo decreto de medidas contra la Covid-19 publicado en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) esta misma semana, pueden ampliar su cierre también hasta las 00:00 horas, aunque será necesaria la recopilación de información de contacto -DNI, número de teléfono y fecha y hora del servicio- para la trazabilidad de contagios y no estarán permitidas las pistas de baile. 

 

De igual modo, entre otras limitaciones, cabe recordar que dentro de las más importantes y recordadas por parte del Ejecutivo es que queda prohibida la venta y el consumo de alcohol en la vía pública, parques o zonas de esparcimiento al aire libre, que el transporte público continuará con aforo reducido -en este caso, al 50 %- y que en los centros hospitalarios se limitarán también las visitas, las cuales deberán ser supervisadas por el personal profesional de los mismos.

 

Además, se permite la práctica deportiva federada, de ámbito regional o insular, al aire libre o espacios cerrados y la práctica deportiva no federada al aire libre, procurando el mantenimiento de la distancia interpersonal siempre que sea posible. 

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