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GRAN CANARIA

Los bomberos de Gran Canaria rechazan la nueva imposición de jornada por parte del Consorcio de Emergencias

MASPALOMAS AHORA
Viernes, 13 de Agosto de 2021
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La Junta de personal del Consorcio de Emergencias de Gran Canaria calificó este viernes de “desafortunados” los recientes decretos de la institución con los que se pretende dar cumplimiento a las sentencias del Tribunal Supremo que señaló la ilegalidad de la ampliación de la jornada laboral de los bomberos de la isla. A juicio de los trabajadores, lo único que pretende el Cabildo de Gran Canaria es “seguir huyendo hacia adelante” y mantener un conflicto “creado artificialmente por ellos mismos”-

 

Según indican los representantes de los trabajadores, los decretos 118/2021 y 119/2021 del Consorcio de Emergencias, con los que se pretende cumplir las sentencias de la sección cuarta de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo de 17 de junio de 2021, muestran que  “una vez más, resulta patente que el Consorcio no tiene ninguna intención de acatar y cumplir las resoluciones judiciales y pretende seguir huyendo hacia adelante, perjudicando gravemente los derechos de la ciudadanía de Gran Canaria y de los propios trabajadores, en lugar de pasar página de manera definitiva y acabar para siempre con un conflicto artificialmente generado por su parte”.

 

Nueva jornada laboral ilegal

 

Para la Junta de personal, el Consorcio solo tiene intención de volver a aplicar a sus funcionarios una jornada calificada reiteradamente como ilegal por parte del Tribunal Supremo, que ya ha tenido ocasión de pronunciarse acerca de la misma hasta en cuatro ocasiones. A este respecto, recuerdan que el alto tribunal ha señalado, de manera reiterada, que en el momento de la entrada en vigor de la disposición adicional 71ª de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2012, nadie discutía que la jornada laboral de los bomberos de Gran Canaria respetaba el límite mínimo de 37,5 horas, y que esas 37,5 horas semanales se correspondían con 56 o 57 guardias anuales.

 

La nulidad de la jornada determinada por parte del Tribunal Supremo en sus sentencias de 17 de junio de 2021 supone la aplicación al colectivo de una jornada de 37,5 horas semanales desde 2014 hasta 2018, que según el Alto Tribunal se corresponde con una jornada de 56 guardias de 24 horas, y una jornada de 35 horas semanales, a partir del año 2018, en aplicación del artículo 121 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.

 

Horas extraordinarias, pero sin deudas

 

Los representantes de los trabajadores señalan que, la renuencia del Consorcio de Emergencia al cumplimiento de las sentencias del Tribunal Supremo se muestra con mayor claridad en el hecho “insólito” de determinar que de las resoluciones judiciales no se deriva una deuda con los trabajadores. A juicio de la junta de personal, “resulta impensable en cualquier administración que forme parte de un estado democrático y de Derecho que un cargo público afirme que se reconoce a 226 funcionarios públicos que estos han trabajado cientos de horas indebidas, pero que a los mismos no le corresponde cobrar nada por ellas”.

 

Detrás de esta forma de proceder se encuentra la negativa de los cargos políticos para aumentar la plantilla de bomberos hasta un nivel en que la misma pueda trabajar cumpliendo con la normativa de aplicación y garantizando la seguridad de la ciudadanía, cuando, sin embargo, no existe la misma reticencia para incrementar el número de asesores u otros gastos políticos improductivos.

 

Nuevas acciones judiciales

 

Por ese motivo, los representantes de los trabajadores han puesto en conocimiento de su equipo jurídico estos hechos por si pudieran resultar constitutivos de un delito contra los derechos de los trabajadores y afirman que no dudarán en iniciar las acciones que resulten procedentes contra los posibles responsables del mismo.

 

Asimismo, el colectivo señala que, tan pronto se emita la resolución de la aplicación de los decretos 118/2021 y 119/2021, de 10 de agosto de 2021 del Consorcio de Emergencia, si estos confirman lo ya adelantado por su presidente, el consejero del Cabildo de Gran Canaria Pedro Justo, se procederá a solicitar la aplicación forzosa de las sentencias del Tribunal Supremo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de Las Palmas de Gran Canaria.

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