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INMIGRACIÓN

Acoger inmigrantes en establecimientos turísticos puede ser sancionable

Foto:  J.Melián / Acfipress Foto: J.Melián / Acfipress
MASPALOMAS AHORA
Martes, 22 de Diciembre de 2020
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Los propietarios de los establecimientos turísticos que acogen a inmigrantes sí podrían recibir una sanción, ya no solo de una institución si no por cualquier persona que pusiera una denuncia contra ellos, ya que “pudiera estar incurriendo en una conducta contraria al ordenamiento jurídico”.

 

Según asegura el Canarias 7, así lo expone un informe que conoce la Consejería de Turismo, que es el mismo en el que se fundamenta el Ayuntamiento de Mogán para por el que ha incoado advertencias a los hoteles que no se ciñen a la actividad turística y que podrán recibir sanción a partir del 1 de enero.

 

Por tanto, aunque personas como el juez Díaz Tejera o la alcaldesa de San Bartolomé de Tirajana Conchi Narváez aseguran que las denuncias a los establecimientos turísticos en esta materia no tienen recorrido jurídico “porque su uso indebido no está tipificado”, el informe asegura que las personas titulares de los establecimientos turísticos “están obligadas a atenerse al uso efectivo del establecimiento y a sus limitaciones; así como a usar la edificación en los términos establecidos en el planeamiento urbanístico o en la legislación”.

 

El documento especifica que “la persona titular o explotadora de un establecimiento de alojamiento en el que esté desarrollándose la actividad sustitutoria de los centros de internamiento de extranjeros (CIE) y centros de acogida de menores extranjeros no acompañados (MENA), estaría incurriendo en una conducta contraria al ordenamiento jurídico susceptible de ser calificada como infracción turística muy grave en virtud del artículo 75 de la Ley 7/1995, de Ordenación del Turismo de Canarias así como infracción urbanística grave conforme al artículo 372 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de Los Espacios Naturales Protegidos de Canarias”.

 

El informe pone en evidencia así que “las personas que, por acceder de forma irregular al archipiélago, están siendo ubicadas en establecimientos turísticos de alojamiento de Canarias no son personas que visitan las islas como demandantes o receptores de servicios turísticos”.

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