Las secciones sindicales de UGT, CCOO y SI-CANARIAS han presentado un recurso de reposición a las plazas que fueron publicadas el pasado 18 de enero de 2008 en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).
Estas plazas que corresponden a un asesor jurídico, un arquitecto y un técnico de Administración General están enmarcadas en la OEP (Oferta de Empleo Publico) aprobada para el año 2006 y que contó con el rechazo de las diferentes secciones sindicales, puesto que no se ajustaba a la realidad institucional que atravesaba el Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana.
Asimismo, están destinadas a ocupar puestos de interinidad de funcionarios avaladas por informe técnico del gerente de Urbanismo para la redacción del PGOU, informaron los sindicatos.
De las anomalías que se han detectado, las plataformas sindicales destacan la vulneración del artículo 38 del actual acuerdo de condiciones de trabajo del personal funcionario de San Bartolomé de Tirajana, el cual establece que en los procedimientos de selección.
Además, infringe el Estatuto Básico del Empleado Público, que dice: "los procesos selectivos tendrán carácter de abierto y garantizaran la libre concurrencia" y que por aplicación supletoria del Real Decreto 364/1995, el plazo de presentación de solicitudes nunca puede ser inferior a 20 días naturales a partir de la publicación en el BOE.
En las bases publicadas por el Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana se vulnera este artículo, ya que sólo se da un plazo de 10 días naturales a partir de la publicación en el BOE, aseguran.
Además, "infringen, bajo nuestro punto de vista, el principio de constitucional y normativo" de capacidad, por cuanto no exige a los aspirantes el conocimiento de los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de acceso a plazas de funcionarios de las Administración Local.
Estas plazas que corresponden a un asesor jurídico, un arquitecto y un técnico de Administración General están enmarcadas en la OEP (Oferta de Empleo Publico) aprobada para el año 2006 y que contó con el rechazo de las diferentes secciones sindicales, puesto que no se ajustaba a la realidad institucional que atravesaba el Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana.
Asimismo, están destinadas a ocupar puestos de interinidad de funcionarios avaladas por informe técnico del gerente de Urbanismo para la redacción del PGOU, informaron los sindicatos.
De las anomalías que se han detectado, las plataformas sindicales destacan la vulneración del artículo 38 del actual acuerdo de condiciones de trabajo del personal funcionario de San Bartolomé de Tirajana, el cual establece que en los procedimientos de selección.
Además, infringe el Estatuto Básico del Empleado Público, que dice: "los procesos selectivos tendrán carácter de abierto y garantizaran la libre concurrencia" y que por aplicación supletoria del Real Decreto 364/1995, el plazo de presentación de solicitudes nunca puede ser inferior a 20 días naturales a partir de la publicación en el BOE.
En las bases publicadas por el Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana se vulnera este artículo, ya que sólo se da un plazo de 10 días naturales a partir de la publicación en el BOE, aseguran.
Además, "infringen, bajo nuestro punto de vista, el principio de constitucional y normativo" de capacidad, por cuanto no exige a los aspirantes el conocimiento de los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de acceso a plazas de funcionarios de las Administración Local.






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