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ALQUILER VACACIONAL

Admitido el recurso de Ascav contra el decreto de alquiler vacacional

EFE
Martes, 07 de Junio de 2016
Tiempo de lectura:

Ascav señala que la aceptación de su recurso se produce pocos días después de ocurrir lo mismo con el presentado por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia

 La Asociación Canaria de Alquiler Vacacional (Ascav) ha anunciado hoy que el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha aceptado el recurso que esa organización ha presentado contra el decreto del Gobierno canario que regula el alquiler vacacional.

En un comunicado de Ascav señala que la aceptación de su recurso se produce pocos días después de ocurrir lo mismo con el presentado por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC, por lo que en la citada asociación se sienten "congratulados con ello".

La Asociación Canaria de Alquiler Vacacional considera que el decreto del Gobierno canario vulnera el artículo 4.1 de la ley de economía sostenible, remite de manera incompleta la documentación al Consejo Consultivo de Canarias y en él no se recaban determinados informes: Consejo Económico y Social, Cámaras de Comercio, Consejo de Turismo, Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia.

También denuncia Ascav que en el decreto no hay disposiciones transitorias ni dispensas para determinados requisitos, no existe una desproporción y arbitrariedad por la falta de adecuación de los medios a los fines perseguidos y es posible la nulidad radical del artículo 3 que excluye las zonas turísticas ya que establece límites administrativos que excluyen la contratación; vulnera la libre competencia; impone una discriminación arbitraria por injustificada.

Otros motivos del recurso son que los requisitos de los artículos 8 a 10 están viciados de nulidad por establecer barreras de acceso injustificadas a la actividad del alquiler vacacional; en el preámbulo o exposición de motivos no se justifica absolutamente nada, y además se exige la declaración responsable e inscripción en el Registro Turístico es un medio intervencionista que incumple la Directiva Bolkestein, asegura Ascav.

La asociación de alquiler vacacional denuncia asimismo que el decreto crea inseguridad jurídica al no prever la presentación telemática vulnerando el artículo 71 bis Ley 30/92, y la prohibición del Bed & Breakfast o alquiler por habitaciones es una prohibición injustificada que atenta contra el principio de necesidad, proporcionalidad y no discriminación (art. 5 Ley 17/2009)

Asimismo afirma que el decreto vulnera el principio de congruencia: atenta contra el principio de seguridad jurídica la falta de regulación específica para las islas de El Hierro, La Gomera y La Palma que tienen singularidades reconocidas expresamente por Ley. 

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