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ANTONIO GARZÓN

Los tres despropósitos del Oasis

ANTONIO GARZÓN Domingo, 05 de Abril de 2015 Tiempo de lectura:

Quien pensaba que el intervencionismo en Canarias ya había tocado techo se equivocaba

Quien pensaba que el intervencionismo en Canarias ya había tocado techo se equivocaba. El "culebrón" del Oasis nos ha ofrecido la semana pasada un nuevo capítulo de hasta dónde puede llegar el absurdo en la política turística. Veamos, por orden cronológico, los tres capítulos principales del conflicto del Oasis:

Primer capítulo: "Tiro la primera piedra" (el incentivo)

En mayo del 2009 la segunda moratoria (Ley de Medidas Urgentes) introdujo los denominados "incentivos de renovación" (premios de camas por renovar), los cuales no tuvieron la aplicación práctica deseada, al no prever el planificador que su materialización chocaría con otros parámetros de la abundante normativa que ya regulaba el sector. Un ejemplo es el índice de densidad, que ya estaba regulado en la Ley Turística de 1995 con 60m2 de solar por cama y que impidió aplicar un aumento de camas a parcelas que tenían una densidad menor.
Por ello, dicho incentivo del premio de camas apenas pudo tener aplicación en las zonas maduras obsoletas (a las que en teoría iba dirigido), pero sí lo tuvo en núcleos nuevos, donde ya los hoteles empezaban a cumplir los 10 años de vida. Lo pudimos ver en los hoteles RIU en Meloneras, que aumentaron ambos sus capacidades con una planta más. Es decir, que si la moratoria ya de por sí le otorgaba a los núcleos nuevos (como Meloneras) un estatus de oligopolio (oferta en manos de pocos, exenta de peligro de nueva competencia local), con los incentivos, que sólo parcelas grandes pudieron aplicar, lo que hizo fue reforzar estos oligopolios.

Además, dicho incentivo de camas fue precisamente el punto de partida del conflicto del Oasis, pues de no haber planteado este hotel un aumento de 633 a 915 camas (de acuerdo con las ventajas que ofrecía la citada Ley), lo que vino a condicionar el diseño arquitectónico tipo "muralla" para darle cabida a las nuevas camas, jamás se habrían producido los posteriores acontecimientos que tanta inseguridad jurídica y mala imagen le han dado a Canarias, especialmente a Gran Canaria. El incentivo de aumento de camas (+50% por renovación integral, +25% por cada categoría aumentada,..) posiblemente no debió de haber sido definido nunca para zonas ecológicamente tan frágiles como el Palmeral del Oasis, pero ahora, gracias a la desafortunada política sobre el territorio aplicada por la Consejería de Política Territorial, ya es un derecho adquirido por ley para la empresa en cuestión.

Segundo capítulo: "Tiro la segunda piedra" (el desalojo)

Paradójicamente, la pelota ha vuelto al punto de partida, a la Consejería de Política Territorial, y ésta la devuelve desclasificando, vía suspensión del Plan General, al Oasis y a su entorno  (4 hoteles y un centro comercial), con la pretensión de que estos empresarios voluntariamente derriben sus establecimientos y se "muden" a algún lugar de segunda o tercera línea aún por definir. ¿Y se extraña el Titular de dicha Consejería de que los empresarios afectados rechacen acuerdo alguno sobre semejante pretensión? ¿Esperaba realmente que su planteamiento fuese acogido con los brazos abiertos ante lo que tiene visos de ser una expropiación directa de sus negocios?

Tercer capítulo: "Y escondo la mano" (el auto-blindaje)

Ante la evidente imposibilidad de acuerdo con los empresarios afectados y la presunta ilegalidad de la iniciativa, el Gobierno incluye en el texto de corrección de la Ley de Renovación Turística, a última hora y seguramente a petición del Titular de la Consejería de Política Territorial, una disposición que le autoriza a "recuperar para el uso público el suelo con especial valor natural, cultural o estratégico ocupado por establecimientos turísticos". Contempla que estos hoteles tengan que "trasladarse sin coste alguno para la Administración". Volvamos a ver el orden cronológico: primero inicia el conflicto del Oasis regulando erróneamente, luego desclasifica los terrenos de los afectados invitándolos a desalojar la zona (=expropiación) y, posteriormente, incluye un apartado en la ley que supuestamente legaliza dicha acción sin que tenga que pagar indemnización alguna (="auto-blindaje"). Resulta evidente que este tipo de desprecio a la propiedad privada no tiene ningún encaje en una democracia de corte occidental donde impera el respecto casi sagrado a la propiedad privada, la esencia de cualquier democracia que se precie como tal. Además, se está abriendo la puerta ampliamente a la posible utilización indebida del poder regulador, que podría ser utilizado, como posiblemente en este caso, para una autoprotección del Ejecutivo ante las indemnizaciones que serían inevitables en casos como éste.

Es, en definitiva, un capítulo más de una absurda obra que podría ser titulada "Cómo maximizar la inseguridad jurídica e impedir cualquier inversión turística en Canarias", válido no sólo para proyectos nuevos, sino también, como hemos visto, para proyectos ya consolidados desde hace más de 40 años.

Las opiniones de los columnistas son personales y no siempre coinciden con las de Maspalomas Ahora.

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