El pleno desestima nuevamente por unanimidad un recurso puesto por la familia del Castillo
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La familia del Castillo, quien interpuso el recurso, solicitó en mayo del año 2010 que el Ayuntamiento cambiara el uso de espacio libre público de la parcela NN, localizada en la ladera del aparcamiento del Anexo II, en Playa del Inglés, para destinarla a comercial y aparcamientos.
La acción se realizó justificada en un proyecto del Consorcio de rehabilitación turística para retranquear y reubicar el Centro Comercial Anexo II en dicha parcela.
La propuesta de la familia del Castillo se abordó en el pleno del pasado 1 de agosto y también fue rechazada por la unanimidad de todos los grupos políticos, debido a la titularidad pública municipal de la parcela.
En aquella ocasión, el alcalde Marco Aurelio Pérez y el concejal de Ordenación del Territorio, Fernando González Montoro, explicaron que el cambio de uso conllevaría una modificación del Plan General de Ordenación y el pago a los solicitantes de una indemnización por los aprovechamientos del suelo.
Frente a la pretensión de los herederos del Condado, el gobierno local sostiene que la parcela NN y otras de su entorno forman parte de las cesiones obligatorias y gratuitas de suelo que en su día se entregaron al Ayuntamiento por parte de los promotores del Plan Territorial Parcial.
Obligación del promotor
La parcela NN de Playa del Inglés, de unos 5.519 m2, está delimitada por la red viaria que bordea el parking del Anexo II y las dos escaleras de acceso bidireccional hacia la playa y al Paseo Marítimo Costa Canaria que se encuentran a ambos costados del mismo.
El proyecto de urbanización del Plan Especial de Ordenación Turística del Anexo II que aprobó la Comisión Provincial de Urbanismo el 25 de enero de 1977 contiene el listado de las parcelas cedidas gratuitamente como compromiso-obligación del promotor con el Ayuntamiento.
Entre esos bienes patrimoniales que el Ayuntamiento recibió por el Plan Especial del Anexo II destacan, además de la parcela NN, también los viales y paseos peatonales; los aparcamientos públicos para autocares y turismos de la parcela QQ; las zonas verdes o de jardinería; los espacios libres públicos de jardinería PP y FF; la parcela AA destinada a aseos y vestuarios públicos; la parcela DD para servicios municipales y botiquín de urgencia, y la parcela EE con destino a los servicios municipales de playa.
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