Descuelgues de convenio (4)
La regla ampara así lo que podría denominarse «descuelgue salarial preventivo»
Por otro lado, ha desaparecido la expresión referente al mantenimiento del nivel de empleo de la anterior regulación, con lo cual pierde su fin, al menos de forma explícita, de ser una alternativa al despido económico, aunque no creo, a mi parecer, que sea así, pues la finalidad del descuelgue, es como se ha dicho, permitir que una empresa pueda mantener su plantilla, aunque sea excluyendo la aplicación de ciertas condiciones que, en principio, deberían seguir siendo reguladas en su convenio colectivo. De cualquier forma, lo cierto es que, a pesar de esta coletilla, nunca puede haber garantías jurídicas para constatar a posteriori los efectos del descuelgue sobre el volumen de empleo, como tampoco es viable la constatación de los eventuales efectos adversos sobre el empleo que habría podido tener el mantenimiento del régimen salarial del convenio. En realidad, esta conexión con el mantenimiento del empleo ha tenido una lectura en el sentido de considerar que el descuelgue salarial se concibe como una medida preventiva y alternativa al despido por causas económicas, en definitiva, como una opción a otras medidas de mayor gravedad. No obstante, no se ha establecido en ningún momento regla alguna que priorice esta medida novatoria frente a la extintiva, como tampoco se aprecian con claridad diferencias de intensidad en cuanto a la causalidad exigible.
La práctica hasta ahora ha demostrado que, en el campo de la negociación colectiva, se ha fijado un nivel de exigencia muy elevado respecto de la situación económica que justificaba el descuelgue, rechazando la posible identificación del término situación económica negativa con la inexistencia de beneficios o la disminución de ingresos, sino que sólo se aplicaba a empresas cuya viabilidad o subsistencia se veía seriamente amenazada por la aplicación de los incrementos salariales previstos en convenio, por lo que se aplicaba para empresas con situaciones económicas prácticamente agonizantes. Esta configuración tan rígida obviamente es incompatible con la naturaleza y finalidad de este mecanismo, dado que se trata de una medida transitoria, y no tiene sentido aplicarla cuando la empresa ya no puede seguir adelante. De ahí que con las reformas de 2010-2012 se haya intentado evitar las rigideces para que tenga más utilidad práctica y pueda aplicarse a empresas donde ya no tiene sentido que se acojan a ello por la pésima situación en que se encuentran. De ahí que la definición que se nos brinda sobre las causas técnicas, organizativas o de producción es muy genérica y amplia, pues sólo exige que existan«cambios»ya sea en el ámbito de los medios o instrumentos de producción, o de los métodos de trabajo del personal o en el modo de organizar la producción, o simplemente cambios en la demanda de los productos o servicios que la empresa ofrece, de tal forma que para poder aplicar el descuelgue ya no se exige ni siquiera que se acredite una situación económica negativa de la empresa.
Las opiniones de los columnistas son personales y no siempre coinciden con las de Maspalomas Ahora.








José Valle Conde | Jueves, 15 de Agosto de 2013 a las 08:50:15 horas
Siempre nos quejamos, queremos trabajar poco y ganar mucho.España iba bien y ahora mejor, nosotros los políticos y empresarios velamos por nuestro bienestar para que ustedes, los trabajadores, puedan disfrutar.
Aznar decía en 2002: ¡España va bien!
Tuvimos la tasa de producción de empleo más alta de la UE, verdad, pero no dijo que sólo el 59,5% de los adultos trabajaban, cuando el promedio de la UE era del 64,3% y Suecia ya tenía un 74,9% de población adulta empleada.
Tampoco dijeron la escasa calidad del empleo creado donde la precariedad era y sigue siendo la más elevada de la UE, especialmente en las mujeres. Tanto los trabajadores en precario como los fijos, más del 50% están insatisfechos, especialmente por la rutina y monotonía con lo que hacen. No tienen autonomía ni capacidad de o fluir en su trabajo. Como siempre los peores de la UE. Así nos va. Pan para hoy y hambre para mañana. Estos problemas de calidad del trabajo, nunca se han tenido en cuenta en las políticas de empleo
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