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Entra en vigor la ordenanza sobre la tenencia de animales

LA EXPRESIÓN
Viernes, 12 de Julio de 2013
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La ordenanza prohíbe la tenencia habitual de animales en balcones, garajes, pabellones, sótanos, azoteas, jardines o cualquier otro lugar en el que ocasionen a los vecinos o transeúntes molestias por sus olores, ruidos, suciedad, aullidos o ladridos

[Img #15803]El Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana aplicará a partir de mañana sábado la nueva Ordenanza Municipal que regula la tenencia, guarda, custodia y protección de animales, y de animales potencialmente peligrosos.

La ordenanza fue aprobada por unanimidad en el pleno del pasado 27 de marzo, y tras su exposición pública durante casi un mes sin recibir ninguna reclamación sobre su contenido, informó un comunicado.

Esta Ordenanza añade a su articulado dos nuevos conceptos, que son el de animal de explotación adaptado a los entornos urbanos y mantenidos con fines lucrativos, y los animales de riesgo, considerándose como tales los perros así catalogados o aquellos que resulten denunciados por un comportamiento agresivo.

La nueva normativa municipal autoriza la tenencia de animales domésticos de compañía en los domicilios particulares siempre que su número, su volumen, la adecuación de las instalaciones y las circunstancias del alojamiento lo permitan.

Molestias a los vecinos

En cualquier caso la Ordenanza prohíbe la tenencia habitual y la estabulación de animales en balcones, garajes, pabellones, sótanos, azoteas, jardines o cualquier otro lugar en el que ocasionen a los vecinos o transeúntes molestias por sus olores, ruidos, suciedad, aullidos o ladridos.

Asimismo, exige a los propietarios de perros la obligación de contar con su pertinente cartilla sanitaria y suscribir un seguro de responsabilidad civil que cubra daños y perjuicios, que pueda ocasionar el animal.

La Ordenanza considera animales potencialmente peligrosos a todos los que utilizados como animales domésticos o de compañía, tengan capacidad de causar la muerte o lesiones a las personas o a otros animales.

Entre ellos se encuentran las razas Akita Inu, Toxha Inu, Staffordschire Bull Terrier, Rotweller, Presa Mallorquín (CaDeBou), Presa Canario, Mastín Napolitano, Fila Brasileiro, Dogo del Tibet, Dogo de Burdeos, Dogo Argentino, Dobermann, Bulmastiff, Pitbull Terrier, Bóxer y los American Staffordshire Terrier.

También tienen la misma consideración los animales nacidos de cruces interraciales de cualquiera de estas razas, los perros que hayan tenido episodios de agresiones a personas o a otros perros, y los adiestrados para atacar y defender.


En cuanto a las sanciones, la nueva Ordenanza castiga con 300 euros las multas leves, con hasta 2.404 euros las graves y con 15.025 euros las muy graves.

Entre las infracciones más graves destacan precisamente el abandono de animales potencialmente peligrosos de cualquier especie o raza; la falta de licencia de éstos; su adiestramiento para hacerlos más agresivos o dedicarlos a finalidades prohibidas como las peleas de perros.
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