El auto judicial considera que no aparece debidamente justificada la perpetración del delito
El Juzgado de Instrucción Número 2 de San Bartolomé de Tirajana, archivó el pasado día 22 de enero la causa abierta en diligencias previas contra el secretario general del Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana, Marcelino López Peraza, por considerar que “no aparece debidamente justificada la perpetración del delito” por conducción temeraria.El auto judicial, que fue facilitado este viernes a La Expresión, resuelve que “no ha quedado en ningún momento acreditado que condujera en estado de embriaguez o de forma temeraria”.
En el atestado, incoado por la subsector de Tráfico, consta que la Guardia Civil comunicó al denunciante que, “por lo que se observa en las imágenes no se puede proceder a instruir diligencias por un delito de conducción temeraria, ya que en ningún momento se observa que dicho conductor pusiera en peligro la vida de alguna persona”.
El atestado agrega que, objetivamente, “no existe constancia por los agentes de Tráfico de que en dicha conducción hubiera existido un riesgo concreto y detallado para los usuarios de la vía”
Denuncia
En cuanto a la denuncia, en el citado atestado consta respecto a estas declaraciones del denunciante, es parecer del instructor que, “es de extrañar que en una conducción en la cual y según manifestación del denunciante había causado tantos incidentes en la circulación durante un trayecto de unos cuarenta y cinco kilómetros, no se hubiera producido en los servicios de emergencia (112, Guardia Civil, Policía Nacional o Policía Local), llamada alguna de otro usuario de la vía alertando sobre dicha conducción”.
La Guardia Civil, en su atestado, niega lo afirmado por la Policia Local de San Bartolomé de tirajana en cuanto a que, López Peraza hubiera sido denunciado por el subsector de Tráfico y añade que “se desconoce el motivo por el cual se hace tal afirmación”, ya que “en ningún momento la Guardia Civil de Tráfico había podido denunciar por un delito de conducción temeraria a dicho conductor puesto que no se había podido proceder a su identificación mientras circulaba por la Autopista GC-1”
Fundamento
A la vista de todo ello, se desprende la “inconsistencia y falta de fundamento” de la denuncia de un particular que hizo un “especial seguimiento” del vehículo del secretario y que grabó con su teléfono móvil, indicó López Peraza.
¿Cómo se podría calificar que una persona que utiliza su móvil para grabar en video al mismo tiempo que conduce su vehículo?, se pregunta, al tiempo que recuerda que “da lugar a una irregular actuación de la Policía Local contra su dignidad, prestigio y honor.
Por cuanto éste fue “sacado” de las Oficinas Municipales por los agentes de la Policía Local, después de haber intervenido el secretario municipal en una Comisión Informativa donde todos sus integrantes certificaron “la absoluta normalidad en la conducta, en las expresiones, y en la coherencia de la exposición de su asesoramiento, esta actitud ha contribuido a que la difusión de aquella denuncia, actualmente archivada por auto judicial firme, haya producido un menoscabo y daño innecesario en la fama y honor de López Peraza, quien se se reserva las acciones que en derecho le asistan en protección de sus derechos e intereses legítimos.







Normas de participación
Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.
La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad
Normas de Participación
Política de privacidad
Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.80