Un empresario de ocio nocturno ha sido condenado como autor de dos faltas de respeto a un agente de la Policía Local de San Bartolomé de Tirajana, que le solicitó el cumplimiento de los horarios de cierre.
El juez del Juzgado de Instrucción Número Dos de San Bartolomé de Tirajana, Angel Mateo Goizueta, impuso una pena de 30 días de multa a razón de 8 euros diarios por cada una de ellas, que hacen un total de 480 euros, y la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.
La pena se justifica porque no sólo desobedeció órdenes legales del agente de la autoridad, sino que faltó el respeto y la consideración debida al dirigirse cuando ejerce su actividad laboral.
Por su parte, el agente de la policía con identificación 13176 ha quedado absuelto, aunque la resolución judicial no es firme.
Discusión
Los hechos probados tuvieron lugar los pasados días 17 y 24 de octubre de este año, cuando el referido agente se dirigió al establecimiento Avalon de Playa del Inglés sobre las 3.30 horas de la madrugada con el fin de solicitarle al responsable, Julio Blanco, que cerrase para cumplir con el horario del local al haberse sobrepasado.
En ambos días se originó una discusión al negarse a cumplir con la orden donde el empresario llegó a afirmar el día 17 que "estaba comprado", y el día 24 "que iba a los locales borracho, que el Pachá le daba dinero y que le iba a quitar la comida".
En la sentencia, el juez considera que los hechos probados son constitutivos de una falta de desobediencia y consideración debida a un agente de la autoridad, tipificada en el articulo 634 del Código Penal.
Por su parte, el denunciado negó los hechos en el transcurso del juicio y manifestó que posee licencia de apertura hasta más tarde.
La declaración de Delgado fue determinante
Sin embargo, la declaración como testigo del concejal de Disciplina Urbanística, David Delgado, resultó "determinante" ya que sostuvo que la discoteca Avalon "no tiene de momento concedida la licencia para abrir más allá de las 3.30 horas los sábados y los viernes".
Además, agregó que la licencia aportada es de instalación previa concedida por el Cabildo de Gran Canaria y no la licencia definitiva, "no siendo aportada la licencia del Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana".
A juicio del órgano judicial, la actuación del agente para cerrar el local se ajustó a los términos de la licencia, donde no ha quedado acreditado que el agente coaccionase o vejase al empresario, tal y como llegó a denunciar.








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