Manuel Fernández
El sábado día dieciocho de abril de dos mil nueve, los vecinos de la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, usuarios del agua de abasto, nos vimos sorprendidos por la noticia pública de que el agua que recibíamos en nuestras casas había dejado de ser potable por tener un exceso del elemento químico del grupo de los halógenos denominado Boro, el cual no se encuentra libre en la naturaleza, en la que parece como ácido bórico en aguas minerales de zonas volcánicas y como boratos.
Los vecinos estuvimos sometidos, no sabemos por cuanto tiempo a los efectos nocivos de un elemento químico cuya presencia en el agua de abasto esta regulada en cantidad por parámetros internacionales que se sobrepasaron considerablemente, sin que ningún responsable de la empresa suministradora advirtiera a la población de esta circunstancia a tiempo para que pudiéramos tomas las medidas de precaución pertinentes.
Sobre todo, hemos estado sometidos a una situación de incertidumbre y de inquietud ante lo desconocido, pues nadie informó a la población de las consecuencias para la salud por haber tomado esa agua, ni de las medidas a tomar para corregir sus efectos nocivos, si los hubiesen.
Eso si, el Ayuntamiento nos envió al local de nuestra Federación de Asociaciones de Vecinos “El Real de Las Palmas” un furgón lleno de garrafas de agua para repartir a la población, reparto que se hizo en un día y ya no enviaron más.
El 17 de abril de 2009, tras detectar que el agua del gripo presentaba un exceso de boro superior al permitido por la Ley, la Conserjería de Sanidad pidió a los usuarios que no la consumieran, durando esta restricción mas de de dos meses y medio.
Todos los organismos oficiales con responsabilidad en el asunto intentaron echarse las cultas unos a otros, así, Sanidad culpaba al Ayuntamiento, este abrió un expediente a Emalsa, que finalmente se cerro sin sanción alguna a la empresa.
Emalsa culpo a Isolux que era la empresa encargada de instalar las membranas de los filtros del agua (por osmosis inversa), pero estos negaban su responsabilidad, acusando a la empresa mixta como responsable del problema por la falta de mantenimiento.
Posteriormente, Emalsa reconoció que la culpa del excesos de boro en el agua fue que hacia tiempo que no se sustituían las membranas encargadas de filtrar sustancias como el boro, procediendo a su cambio.
El Juzgado de Primera Instancia nº 11 de Las Palmas de Gran Canaria en Procedimiento ordinario Num. 1082/2010, con fecha tres de diciembre de dos mil diez, ha admitido a trámite la demanda presentada por la Asociación de Consumidores AUSCAN contra la empresa Emalsa, mientras que la presentada por la Federación de Asociaciones de Vecinos El Real de Las Palmas” fue archivada con fecha anterior, por lo acudimos a AUSCAN, para que prosiguiera con la demanda presentada por ellos.
El uno de julio de dos mil nueve la Fiscalía provincial emitió un Decreto archivando las diligencias emanadas de nuestra denuncia “al entender que de las mismas no se deduce existencia de ilícito penal”, pero señala como responsable único del daño sufrido por los usuarios de Las Palmas de Gran Canaria a la empresa Emalsa, objeto de la demanda.
Así mismo la fiscalía afirma que todo lo anterior no obsta a que, a su juicio, se haya producido un incumplimiento por parte de la entidad Emalsa de la normativa vigente en una doble vertiente: formal y material.
“Desde el punto de vista formal, por la no inclusión de los datos correspondientes en el
SINAC (Sistema de Información Nacional de Aguas de Consumo) y desde el punto de
vista material, por la superación de los límites de elemento químico conocido como Boro
en el agua de abasto de la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria”
El daño moral causado a la población es evaluable y compensable, auque sea de una forma
simbólica para el usuario, como así se hace con la pretensión de esta demanda.
Lo que pedimos los vecinos y consumidores, es “que se dicte sentencia condenando al demandado a abonar UN MILLON DE EUROS repartidos en partes iguales a cada uno de los ciudadanos/usuarios titulares del contrato de servicio de agua potable de la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria y mediante la reducción de la cantidad que resulte en el recibo del agua del mes siguiente a la emisión de la sentencia”
Es para el Movimiento Vecinal un nuevo triunfo, aunque sea solamente la admisión de la demanda, porque lo que no estamos dispuestos desde nuestra Federación es a que se consientan actuaciones como esta sin que los políticos ni las administraciones actúen contra el infractor del las normas establecidas.
Así mismo vemos como las diferentes sentencias y expropiaciones que recaen sobre el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria ascienden a una enorme cantidad de millones de euros, impidiendo el Gobierno Central que nuestro alcalde pida créditos para pagar nada menos de 35 millones de Euros por este concepto, teniendo que poner en venta la joya de la corona del patrimonio municipal, el Hotel Santa Catalina, sin exigir responsabilidades a políticos de consistorios anteriores, técnicos o administrativos responsables de estas sentencia condenatorias, como ordena la Ley, motivo por el cual también nuestra Federación ha presentado demanda ante la fiscalía anticorrupción para que investigue las expropiaciones que han costado ese dineral a nuestro ayuntamiento.
Y ya puestos, recordar que el Movimiento vecinal ha ganado ya varios juicios por la indebida construcción de las torres de Canódromo.
Y, por último, el Movimiento Vecinal, conjuntamente con un sindicato, hemos presentado denuncia en fiscalía para que proceda a su investigación por el caso de la adjudicación del concurso de Diálisis a una empresa con tres mil euros de capital social y que, hasta hace bien poco se dedicaba a actividades inmobiliarias, sin experiencia alguna en material sanitaria.
Al final vamos a tener que ser los vecinos los que tengamos que tener los ojos bien abiertos para denunciar todo aquello que no se ajuste a la Ley y que quienes tendrían que ampararnos no lo hace.
Manuel Fernández, mafersa
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