Se da la circunstancia de que el paraje de Punta Larga se encuentra muy cerca a los de Bajo la Cuesta y Chovito, cuyas órdenes de derribo tenían un fundamento parecido, en especial el de haberse construido las viviendas dentro del dominio público definido en 1969. En Canarias se han anulado unos pocos deslindes en cuanto a su definición de la amplitud de la servidumbre de protección, pero aparentemente ésta es la primera sentencia (excepto la anterior, de estimación parcial en Bajo la Cuesta) en la que se echa abajo la inclusión de terrenos en el dominio público. En estimación de José Ortega, abogado que ha obtenido la sentencia y fundador de la Plataforma Nacional de Afectados por la Ley de Costas, esta resolución de la Audiencia Nacional puede ser un instrumento para revisar la mayoría de los deslindes hechos en Canarias, ya que en ellos, a diferencia de lo que sucede en la Península, el deslinde se decide por el alcance de los temporales, definido por "observación directa" y sin una sola prueba. Ortega, que obtuvo hace pocas fechas una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias anulando una recuperación posesoria en Fuerteventura, ha conseguido la nulidad de otros deslindes en Otur (Asturias) Oliva y Bellreguard (Valencia), Alcalá de Chivert (Castellón), y parcialmente en Bajo la Cuesta (Tenerife), así como la de diversas órdenes de recuperación posesoria y proyectos de obras.








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