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La COTMAC aprueba la Memoria Ambiental para la regeneración de Playa del Inglés

Sábado, 31 de Enero de 2009
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La COTMAC ha aprobado este viernes, 30 de enero, la Memoria Ambiental del Plan Territorial PTP-8 promovido por el Cabildo de Gran Canaria para la regeneración y estructuración de Playa del Inglés. Playa del InglésEs la primera Memoria Ambiental que es aprobada por la COTMAC sobre Planes Territoriales desarrollados por el Cabildo y, además, lo hace sin reparos, considerando que se trata de una apuesta particularmente detallada y atinada por la regeneración tanto del espacio público como privado de la ciudad turística consolidada del sur de Gran Canaria. Las propuestas del Plan Territorial Parcial PTP-8 se dirigen tanto al especio público como al privado. Así, en el espacio público, la ordenación del espacio público se aborda desde una doble perspectiva: la definición de los elementos (redes, sistemas y piezas) y su aplicación a las diferentes zonas que componen el ámbito territorial del Plan y su entorno inmediato. Los elementos del espacio público se articulan alrededor de un doble modelo integrado: el modelo de movilidad y el modelo de ocio y comercio. Los elementos fundamentales del modelo se encuentran en la consolidación de un nuevo centro urbano en La Maleza, de gran potencia comercial y lúdica, dotado de una máxima accesibilidad por la concentración de modos de transporte públicos y privados, la atenuación de los Anexos I y II y la conversión de la GC-500 en una vía urbana. A escala más difusa o detallada, el sistema viario se clarifica con aperturas de vías y reparto más equilibrado de su espacio, potenciando los modos de transporte no motorizados, la dotación de aparcamientos subterráneos e, incluso, la utilización estratégica del alumbrado como elemento direccionador de dicho espacio. Esta trama sirve a un modelo de ocio y comercio difuso, actuando sobre los centros comerciales y reforzando la accesibilidad de playas y parques. Para el espacio privado, con toda lógica, el Plan aborda la regeneración o renovación del espacio privado en una clave y con un nivel de detalle totalmente diferente a la del espacio público. Distingue entre renovación residencial y del equipamiento, analizando las causas de la decadencia y deterioro de uno y otro y, evaluando la viabilidad de diferentes respuestas. Desde el punto de vista ambiental, interesa remarcar el señalamiento de 16 enclaves insostenibles, a erradicar. Complementariamente se plantean también a nivel de recomendaciones, intervenciones en el exterior del ámbito propio del  PTP-8, que tendrán que ser evaluadas ambientalmente en el marco de su propio y específico instrumento de planeamiento, cuando se formulen, en especial el PTP-9 de Ordenación del Espacio entre la GC-500 y la GC-1, además del PTE-21, de corredor ferroviario del sur. Conforme al Reglamento de Procedimientos de los Instrumentos de Ordenación del Sistema de Planeamiento de Canarias, aprobado por Decreto 55/2006 “serán objeto de evaluación ambiental, de conformidad con lo establecido en la Ley 9/2006, la formulación de la totalidad de los Planes que integran el Sistema de Planeamiento de Canarias”. “Agotados los trámites de participación o de información pública, y de consulta, se elaborará por el promotor la propuesta de Memoria Ambiental que, junto con el resto del documento, será sometido a la Comisión de Ordenación del territorio y Medio Ambiente de Canarias (en adelante COTMAC). Si en éste órgano el que, en el plazo máximo de 2 meses, emitirá acuerdo, con las modificaciones que estime oportunas sobre la propuesta del promotor, en su caso. Mencionado acuerdo constará de dos apartados; el primero referido a la Memoria Ambiental y el segundo contendrá informe preceptivo y no vinculante sobre las cuestiones sustantivas territoriales y urbanísticas” La COTMAC ha considerado particularmente detallado el Informe de Sostenibilidad Ambiental desarrollado, valorando el mismo en forma altamente positiva, especialmente teniendo en cuenta el objeto del Plan, el tipo de actuaciones planteadas dentro de su ámbito estricto de actuación y la escasa incidencia ambiental negativa de las mismas. Incorporando nuevos documentos  como Anejos del Documento de ordenación: un Estudio de tráfico, un Estudio hidráulico e hidrológico o la incorporación de los deslindes en los planos con contenido normativo, por aportaciones realizadas respectivamente por la Viceconsejería de Infraestructuras y Planificación, el Consejo Insular de Aguas y la Dirección General de Costas. Mientras que en relación a las aportaciones de la Dirección General de Infraestructura Turística, se acepta avanzar en esta fase en la definición de mecanismos de gestión, insuficientes en la previa del Avance, así como la incorporación, como recomendaciones, de determinaciones propias del PTP-9, complementario de este PTP-8 y que próximamente se iniciará por este Cabildo. Entre las actuaciones propias del PTP-8, además de la remodelación de la GC-500, para destinarla a tráfico lento, peatones, ciclistas y guaguas suprimiendo, entre otras medidas, los pasos a desnivel, destaca la remodelación de los Anexos I y II para reducir drásticamente la superficie ocupada, adosando la edificación a la ladera. Igualmente señala el soterramiento y ajardinamiento de los actuales aparcamientos en superficie, la apertura de algunas vías de distribución actualmente terminadas en fondo de saco, la remodelación de los ejes urbanos de actividad mediante la ampliación de aceras y de carriles para ciclistas, la congelación de nuevos desarrollos comerciales en el interior del ámbito del plan y  el control de los procesos de degradación de los centros comerciales existentes, la desaparición o transformación radical de los enclaves insostenibles, y el reforzamiento de las redes peatonales y ciclistas. En las playas, el PTP propone como mejora la dotación de servicios para bañistas, con modelos respetuosos con el transporte eólico de las arenas, mediante diseños a elaborar por el ITC. En opinión de la COTMAC esta Memoria Ambiental se realiza una valoración detallada y puntual de cada uno de estos impactos, que son definidos como positivos o poco significativos, concluyendo que el PTP tiene un impacto limitado, restringido en su inmensa mayoría a actuaciones de reconducción de problemas de degradación en suelo urbano y contemplando solo dos actuaciones de moderada significación, como La Maleza y la nueva vía de servicio, que están fuera de su ámbito de ordenación, serán evaluadas en el PTP-9 y requerirán actuaciones de protección y rehabilitación del paisaje. Y concluye proponiendo que se considere la ordenación como ambientalmente compatible, propuesta que el informe considera perfectamente asumible. Debe destacarse que el Documento de ordenación que se aporta como apoyo a la Memoria Ambiental tiene, tal como expresa su denominación, un contenido prácticamente de documento de aprobación inicial, lo que permite valorar de una forma particularmente amplia y extensa la Memoria Ambiental. La ordenación territorial propuesta por el PTP-8 ya era conocida por el Servicio de Ordenación del Territorio del Gobierno de Canarias, a través de las Comisiones de Seguimiento desarrolladas durante la formulación del documento.
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