Un Juzgado de Menores ha absuelto a un adolescente al que se acusaba de haber violado a otra menor junto con otros cuatro chicos adultos en el sur de Gran Canaria durante la noche de San Juan del año pasado, en un caso que se llegó a comparar con el de "la manada" de los Sanfermines.
Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a falta de que la Audiencia de Las Palmas juzgue a los cuatro adultos, la juez de Menores Reyes Martel considera que en este caso no hay pruebas suficientes de que el adolescente, que entonces tenía 15 años, forzara a la menor a tener relaciones sexuales, por lo que "debe ser aplicado en este caso el principio in dubio pro reo".
Entre otras cuestiones, la magistrada destaca que varios testigos amigos de la denunciante, y sin sospecha de animosidad hacia ella, declararon en el juicio que la joven regresó de su encuentro con los cinco acusados en un apartamento aquella noche jactándose de haber practicado el sexo con todos ellos.
La juez recuerda que el Tribunal Supremo considera "inadmisible" fundar la resolución de un caso "en una especie de auto de fe incondicionado en la veracidad de la versión de quien se dice víctima, por repugnante que sea el hecho denunciado, la vulnerabilidad de aquella o la frecuencia de este tipo de hechos".
La magistrada explica que también ha valorado especialmente la declaración de un amigo de la denunciante con quien, de manera no controvertida, la joven habló por teléfono en la noche de los hechos en tres ocasiones, una de ellas en la misma escena de los actos sexuales, que tuvo lugar en un apartamento turístico.
La sentencia alude además a las contradicciones en las que incurrió la denunciante durante el proceso judicial y señala: "En el caso presente concurren pluralidad de circunstancias y de elementos que nos hacen dudar de la resistencia ofrecida por la víctima en atención a las circunstancias y, por eso mismo, existe inseguridad respecto a que por su parte hubiera una negativa seria y real a mantener relaciones con el acusado y en grupo".
"No niego que en algún momento existiera oposición y negativa de la víctima al acceso carnal", argumenta la magistrada, "pero no estoy convencida de que dicha negativa hubiera sido expresada de manera seria, persistente e inequívoca y, por eso mismo, el acusado y los coinvestigados pudieran interpretar que la relación fue consentida".
El menor estuvo internado cautelarmente en régimen cerrado por los hechos de los que ahora ha sido absuelto.
Esta resolución es susceptible de recurso de apelación ante la Audiencia de Las Palmas. Al tratarse de menores (tanto el acusado como la denunciante lo son), el TSJC no ha difundido en esta ocasión la sentencia, sino solo un extracto con el fallo absolutorio y los principales argumentos empleados por la magistrada.








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