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TURISMO

Turismo saca a información pública la modificación del decreto de Restauración

EFE
Lunes, 13 de Agosto de 2018
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La Consejería de Turismo del Gobierno de Canarias ha publicado en el portal de Transparencia del Gobierno de Canarias la modificación del decreto de restauración turística.

Según el Ejecutivo canario, esta nueva normativa pretende impulsar la reducción de los trámites y las trabas burocráticas para restaurantes, bares y cafeterías, garantizando en todo momento los derechos de los usuarios.

La filosofía de este cambio radica en garantizar y aumentar la calidad de las actividades turísticas, el servicio que se presta al consumidor y las condiciones de trabajo de los profesionales, apunta el Ejecutivo autonómico.

El decreto recoge que sólo se exigirá la presentación de una declaración responsable para abrir un establecimiento y confirma la obligatoriedad de que todos los precios incluyan el IGIC.

Las personas físicas o jurídicas que pretendan promover y desarrollar actividades de restauración deberán presentar esta declaración ante el correspondiente cabildo insular con carácter previo al inicio de la actividad.

Será esta institución la que luego se encargue de inscribirla de oficio en el Registro General Turístico y también la responsable de efectuar la correspondiente visita de comprobación del cumplimiento de los requisitos establecidos.

El decreto señala que en caso de que no se cumpliera alguno de los requisitos, se concederá al titular de la explotación turística un plazo de entre diez días y tres meses para su subsanación.

Ademas establece que los restaurantes deberán dar máxima publicidad a sus listados de precios y que tendrán que coincidir con los que figuren en las cartas que se entreguen o con cualquier otra relación de precios que se exponga en el establecimiento.

La norma también hace hincapié en que no se puede cobrar por conceptos tales como reservas, cubiertos, mesa o similares.

Finalmente, la modificación recoge el requisito de que los establecimientos de restauración cuenten al menos con una persona que hable español durante su horario de funcionamiento, con contenedores específicos de residuos y con medidas de ahorro energético, como la iluminación de bajo consumo y los mecanismos reductores de caudal de agua en griferías y cisternas.

La Consejería recuerda que esta modificación se suma a un cambio en el decreto del Turismo Activo, en relación con la cuantía mínima del seguro de asistencia o accidente derivada de un accidente en la prestación de actividades de turismo activo, que pasa de 600.000 a 6.000 euros.

De acuerdo con el Ejecutivo canario este cambio está justificado en la "excesividad" del importe y en que no existen entidades que cubran los límites establecidos inicialmente por el Decreto en el mercado, "lo que provoca un claro perjuicio a las empresas de turismo activo que intentan concertar este tipo de seguros".

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