El concejal de Servicios Municipales, Fernando González, aclaró ante la confusión generada entre los empresarios, que no existe monopolio alguno para la instalación de estos aparatos por parte de la misma empresa a la que se le ha adjudicado la instalación del software
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El Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana ha recordado hoy a los empresarios cuya actividad genere una actividad de ocio de carácter musical o espectáculo, que podrán adquirir sus aparatos limitadores de sonido a cualquier empresa homologada por la institución local.
El concejal de Servicios Municipales, Fernando González, aclaró ante la confusión generada entre los empresarios, que no existe monopolio alguno para la instalación de estos aparatos por parte de la misma empresa a la que se le ha adjudicado la instalación del software y el ordenador que conecta el negocio a las instalaciones municipales para la medición de ruidos.
Asimismo, el concejal recordó que desde la entrada en vigor de la ordenanza contra la contaminación acústica se ha incoado un total de 60 expedientes por incumplir con las tareas de insonorización de locales y la instalación de los referidos limitadores.
“Hemos notificado a todos los empresarios la obligación de ponerse al día con la ordenanza, se les ha concedido un plazo de seis meses, y asesorado”, indicó el concejal que avanzó la actualización de la base de datos de los locales que precisan controladores de sonido.
Las sanciones contra las infracciones por ruidos oscilan entre los 3.000 y los 16.000 euros, añadió.
Además, los empresarios que compren su limitador a la empresa que consideren más beneficiosa tienen la obligación de contratar un servicio de mantenimiento con la misma, con carácter anual, precisó el edil.
RSsonocom
En este sentido, la empresa RS Sonocom es una de las escasas instaladoras homologadas, registradas y autorizadas por el Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana para la instalación de los limitadores, con un servicio integral de instalación, mantenimiento, mediciones acústicas, informes de ingenieros colegiados y la gestión documental que requiere el nuevo procedimiento, indicaron fuentes de la empresa consultada.
Ordenanza
Todos los locales de ocio del municipio de San Bartolomé de Tirajana con aparatos audiovisuales o actuaciones musicales en vivo deberían tener obligatoriamente a su servicio, desde el pasado 16 de agosto de 2014, el equipo controlador y limitador de sonido que prescribe la Ordenanza Municipal de Protección Contra la Contaminación Acústica.
En cuanto a la instalación del software de recepción y control administrativo y policial, fue adjudicado el pasado año por el Ayuntamiento y por un total de 8.560 euros a la empresa Sistemas Ambientales Canarios SLU, que asume sólo la prestación del servicio durante los próximos 4 años.
La plataforma policial de supervisión medioambiental sonora gestionará en tiempo real la información recibida telemáticamente vía GSM, GPRS, ADSL, WIFI, SMS o similares, y mantiene actualizada en todo momento la cartografía con los emplazamientos exactos de los locales que desarrollan actividades necesitadas de los aparatos limitadores.
El Decreto 86/2013 de actividades clasificadas y espectáculos públicos, en su artículo 18 indica la obligatoriedad de instalar un limitador-registrador de sonido, en aquellas actividades recreativas de carácter musical o de espectáculo, a fin de asegurar que no sobrepasan los límites establecidos en la normativa.







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