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MASPALOMAS | DÍA MUNDIAL DEL ALZHEIMER

Los juristas recomiendan la incapacitación y los testamentos vitales frente al Alzheimer

MASPALOMAS AHORA
Sábado, 20 de Septiembre de 2014
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Los poderes de autotutela escritos en vida instruyen a los jueces y a los médicos sobre la administración patrimonial y los cuidados sanitarios que se desean en el caso de sufrir la enfermedad

La abogada Esther Rivero Rodríguez recomienda la conveniencia de iniciar un procedimiento de incapacitación para hacer frente a las enfermedades degenerativas como la demencia por Alzheimer, que conllevan la pérdida de las facultades personales de autogobierno.
 
“Dicho procedimiento no tiene siempre que ser total y al 100% porque puede ser gradual, ni tampoco tiene que ser definitivo porque puede ser reversible en función de la evolución de la enfermedad”, advirtió durante su intervención en las jornadas organizadas este viernes en Maspalomas por la Concejalía del Mayor del Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana, con motivo del Día mundial del Alzheimer, que se celebra este domingo.

La letrada apuntó que todos los procedimientos de incapacidad se hacen siempre en beneficio de las personas afectadas, sean mayores o menores de edad, y que cualquiera que sea su grado se instruyen siempre y necesariamente mediante procesos y sentencias judiciales.

En todo caso estos procesos requieren de la interposición de una demanda ante el juzgado competente al domicilio de la persona que se pretende incapacitar, y la presentación documental de los informes médicos que acreditan la enfermedad y limitación de las personas afectadas, que también sirven periódicamente para la orientación del juez instructor sobre el grado de incapacidad que debe otorgar.

En los procedimientos de incapacidad se designa a un tutor, con obligaciones y limitaciones, y también se pueden solicitar medidas de internamiento si fuera necesario.

Las obligaciones del tutor, controladas e inventariadas anualmente por el juez y el ministerio fiscal, se centran en velar por el tutelado, procurarle alimento, facilitar su recuperación si fuera posible, y administrar sus bienes con diligencia, incluso en los casos de gastos extraordinarios como las reformas domiciliarias para la adecuación y comodidad de los pacientes, que precisan autorización judicial.

“Cuando se acepta el cargo de tutor hay que ser consecuentes, porque se estará sometido a un control judicial y cualquier uso del patrimonio de los incapacitados debe ser autorizado judicialmente. Ser tutores no autoriza a hacer con las personas y sus bienes lo que se considere correcto, porque esas facultades no están de entrada legalmente reconocidas”, advierte.

Testamentos vitales

La abogada del despacho Rivero y Mendoza también informó al medio centenar de familiares y cuidadores de pacientes que acudieron a las jornadas sobre el Alzheimer sobre la existencia del recurso de los testamentos vitales o poderes de autotutela, que cualquier persona puede instruir en vida y en plenas facultades para dejar por escrito las directrices personales necesarias que deberán seguirse en el caso de que finalmente se viera envuelto en un proceso de incapacitación.

Aunque en España no se acostumbra a otorgar ese tipo de documentos, dijo la abogada, estos documentos sirven para instruir al juez respecto al procedimiento de la tutela y como debe disponerse de sus bienes patrimoniales o incluso sobre su internamiento, y también para dar directrices a los médicos respecto a los tratamientos que se desean aplicables y los que no durante la enfermedad.

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