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POLÍTICA TERRITORIAL

San Bartolomé deberá justificar la reserva de terrenos para suelo industrial en la Memoria Ambiental del PGO

MASPALOMAS AHORA
Viernes, 04 de Julio de 2014
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La Cotmac solicita al Ayuntamiento incluir un apartado que exponga el modelo turístico, para poder a su aprobación

La Consejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial del Gobierno de Canarias ha solicitado al Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana subsanar algunas deficiencias en la Memoria Ambiental del Plan General de Ordenación Supletorio del municipio, entre ellas, justificar la reserva de terrenos para suelo industrial y un apartado que exponga el modelo turístico.

El informe condicionado pretende que se subsane la propuesta de clasificación y categorización del suelo correspondiente al Plan Parcial Salobre Golf, donde se deberá justificar si los terrenos han sido efectivamente urbanizados de conformidad con sus determinaciones.

También deberá el ayuntamiento, para poder proceder a su aprobación inicial, justificar que los aprovechamientos asignados por el planeamiento al conjunto de las diversas categorías de suelo urbanizable son los precisos para atender los razonables crecimientos.

Condiciones topográficas

Además, se justificará que las condiciones topográficas de los terrenos no impidan la continuidad física de la trama viaria del crecimiento a espacios vacante. Y, finalmente, la delimitación del área singular destinada a infraestructura de residuos, que debe tener una distancia mínima de 500  metros respecto al núcleo de Juan Grande, entre otros aspectos a los que se ha tenido acceso.

Apartado para el modelo turístico

En lo que respecta al modelo turístico, la memoria de ordenación del documento de aprobación inicial del PGO deberá contener un apartado que exponga el modelo turístico propuesto  por el Plan, en relación a los objetivos considerados  en la estrategia urbanística para uno de los municipios turísticos más importantes.

También se deberán justificar aspectos de la ordenación urbanística propios del alcance del PGO de las áreas destinadas a uso turístico, así como la definición de la estructura de las zonas turísticas, atendiendo a la legislación específica y a los elementos y criterios contenidos en la DOT 9.

Otros aspectos aludidos en el documento notificado al Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana hacen alusión al equipamiento de ocio recreativo en Lomo Gordo; el cumplimiento de las determinaciones del Plan Territorial Especial de Ordenación Turística Insular de la isla de Gran Canaria; los equipamientos turísticos complementarios de mayor impacto territorial, y la reserva de terreno para suelo industrial, sustitución de las actividades nocivas, peligrosas e insalubres, entre otros apartados.

Una vez se defina el modelo de ordenación se deberá modificar el informe de sostenibilidad ambiental elaborado y proponer la corrección de la Memoria Ambiental al Ministerio de Industria.

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