El pleno desestima por unanimidad de todos los grupos políticos una petición de la familia del Castillo para cambiar el uso de la parcela NN de Playa del Inglés que es de titularidad municipal
El pleno del Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana rechazó este jueves el cambio de uso de la parcela NN localizada en la ladera del aparcamiento del Anexo II, en Playa del Inglés, solicitado por la familia del Castillo el 11 de mayo del año 2010.
En aquella solicitud los herederos del Condado pedían al Ayuntamiento que cambiara el uso de espacio libre público de dicha parcela para destinarla a espacio comercial y aparcamientos, con motivo de un plan de actuación del Consorcio para la Rehabilitación Turística que conllevaría el retranqueamiento y la reubicación del centro comercial Anexo II en dicha parcela.
El rechazo plenario a la solicitud de la familia del Castillo fue unánime por parte de todos los grupos políticos de la Corporación municipal, debido a que la parcela es de titularidad pública del municipio y dadas sus características conllevaría una modificación del Planeamiento General y tener que pagarle a los solicitantes los aprovechamientos por el cambio de uso de esa parcela.
“Si nosotros hacemos ese cambio de uso en esa parcela, de libre a comercial, habría que darle los aprovechamientos a la familia del Castillo, y bajo la responsabilidad de este grupo de gobierno por supuesto que no estamos por la labor de hacer un cambio de uso de una parcela que es municipal y que conllevaría una indemnización a la familia del Castillo. Ahora mismo la administración no está en condiciones económicas para hacer ese desembolso”, afirmó tras el pleno el concejal de Ordenación del Territorio y Políticas Ambientales, Fernando González Montoro.
Cesión obligatoria
El alcalde Marco Aurelio Pérez y el concejal de Ordenación del Territorio puntualizaron que la parcela NN y otras de su entorno forman parte de las cesiones obligatorias y gratuitas de suelo que en su día se entregaron al Ayuntamiento por parte de los promotores del Plan Territorial Parcial para la Regeneración y Estructuración del Espacio Consolidado de Playa del Inglés y también del Plan Especial del Anexo II aprobado por la Comisión Provincial de Urbanismo el 26 de abril de 1976, aunque dicha parcela no figure incorporada al inventario del patrimonio municipal y al registro de la propiedad.
La parcela NN de Playa del Inglés, de unos 5.519 m2, está delimitada por la red viaria que bordea el parking del Anexo II y las dos escaleras de acceso bidireccional hacia la playa y al Paseo Marítimo Costa Canaria que se encuentran a ambos costados del mismo.
El proyecto de urbanización del Plan Especial de Ordenación Turística del Anexo II aprobado por la Comisión Provincial de Urbanismo el 25 de enero de 1977 contiene el listado de las parcelas cedidas gratuitamente como compromiso-obligación del promotor con el Ayuntamiento.
Además de la parcela NN, entre esos bienes patrimoniales que el Ayuntamiento recibió por el Plan Especial del Anexo II destacan los viales y paseos peatonales; los aparcamientos público para autocares y turismos de la parcela QQ; las zonas verdes o de jardinería; los espacios libres públicos de jardinería PP y FF; la parcela AA destinada a aseos y vestuarios públicos; la parcela DD para servicios municipales y botiquín de urgencia, y la parcela EE con destino a los servicios municipales de playa.
En aquella solicitud los herederos del Condado pedían al Ayuntamiento que cambiara el uso de espacio libre público de dicha parcela para destinarla a espacio comercial y aparcamientos, con motivo de un plan de actuación del Consorcio para la Rehabilitación Turística que conllevaría el retranqueamiento y la reubicación del centro comercial Anexo II en dicha parcela.
El rechazo plenario a la solicitud de la familia del Castillo fue unánime por parte de todos los grupos políticos de la Corporación municipal, debido a que la parcela es de titularidad pública del municipio y dadas sus características conllevaría una modificación del Planeamiento General y tener que pagarle a los solicitantes los aprovechamientos por el cambio de uso de esa parcela.
“Si nosotros hacemos ese cambio de uso en esa parcela, de libre a comercial, habría que darle los aprovechamientos a la familia del Castillo, y bajo la responsabilidad de este grupo de gobierno por supuesto que no estamos por la labor de hacer un cambio de uso de una parcela que es municipal y que conllevaría una indemnización a la familia del Castillo. Ahora mismo la administración no está en condiciones económicas para hacer ese desembolso”, afirmó tras el pleno el concejal de Ordenación del Territorio y Políticas Ambientales, Fernando González Montoro.
Cesión obligatoria
El alcalde Marco Aurelio Pérez y el concejal de Ordenación del Territorio puntualizaron que la parcela NN y otras de su entorno forman parte de las cesiones obligatorias y gratuitas de suelo que en su día se entregaron al Ayuntamiento por parte de los promotores del Plan Territorial Parcial para la Regeneración y Estructuración del Espacio Consolidado de Playa del Inglés y también del Plan Especial del Anexo II aprobado por la Comisión Provincial de Urbanismo el 26 de abril de 1976, aunque dicha parcela no figure incorporada al inventario del patrimonio municipal y al registro de la propiedad.
La parcela NN de Playa del Inglés, de unos 5.519 m2, está delimitada por la red viaria que bordea el parking del Anexo II y las dos escaleras de acceso bidireccional hacia la playa y al Paseo Marítimo Costa Canaria que se encuentran a ambos costados del mismo.
El proyecto de urbanización del Plan Especial de Ordenación Turística del Anexo II aprobado por la Comisión Provincial de Urbanismo el 25 de enero de 1977 contiene el listado de las parcelas cedidas gratuitamente como compromiso-obligación del promotor con el Ayuntamiento.
Además de la parcela NN, entre esos bienes patrimoniales que el Ayuntamiento recibió por el Plan Especial del Anexo II destacan los viales y paseos peatonales; los aparcamientos público para autocares y turismos de la parcela QQ; las zonas verdes o de jardinería; los espacios libres públicos de jardinería PP y FF; la parcela AA destinada a aseos y vestuarios públicos; la parcela DD para servicios municipales y botiquín de urgencia, y la parcela EE con destino a los servicios municipales de playa.








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