La actual ley exige que el cien por cien de los apartamentos y bungalows de un complejo sean de explotación turística, la nueva rebaja la proporción al 75 por ciento, explica a La Expresión Ricardo Fernández de la Puente
El viceconsejero de Turismo del Gobierno de
Canarias, Ricardo Fernández de la Puente Armas, considera que la polémica generada por la nueva normativa sobre unidad de explotación de lo complejos
turísticos extrahoteleros es “totalmente ficticia” porque la nueva Ley de Renovación y Cualificación
Turística de hecho “flexibiliza" la actual normativa.El responsable autonómico explicó a La Expresión que antes de la ley del 95 se exigía que la mitad de los apartamentos turísticos "más uno" estuvieran destinados a la explotación turística, pero a partir de aquel año, se estableció que estuvieran destinados a la comercialización la totalidad, el cien por cien, subrayó.
Sin embargo, la nueva ley que prepara el Gobierno flexibiliza esta proporción porque la establece en el 75 por ciento, lo que significa rebajar la exigencia actual en un 25 por ciento.
Por tanto, los complejos con un 60 por ciento de unidades en explotación no es que vayan a incumplir la ley y quedar fuera del mercado como afirman los empresarios y el Cabildo, es que ya la están incumpliendo, porque la normativa actual exige el cien por cien, sólo que en vez de exigir cumplir esta totalidad, ahora bastará con el 75 por ciento, agregó.
Por este motivo, el viceconsejero de Turismo asegura que no entiende la polémica “totalmente ficticia” que se ha generado con el rechazo del Cabildo y empresarios a esta nueva norma, más permisiva que la anterior con el objetivo de que “se pueda legalizar todo lo que sea susceptible de ser legalizado”.
Los propietarios de los complejos extrahoteleros “tienen que buscar mecanismos para conseguir la unidad de explotación porque va en beneficio del turismo, la inspección está actuando y sigue actuando” , pero no es que vaya a haber incentivos agregados a esta flexibilización, aclaró.
En cuanto a los apartamentos cuyos propietarios los explotan todo el año salvo el mes de agosto para disfrute propio, aseguró que no hay ningún problema, pues se considera un apartamento turístico en explotación turística, salvo que el propietario no recibirá de la empresa explotadora compensación alguna durante ese mes.





fran | Viernes, 03 de Agosto de 2012 a las 13:39:12 horas
o sea que hasta ahora no se ha hecho cumplir la ley
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