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Hablando de los dineros municipales (que son los nuestros)

Domingo, 19 de Diciembre de 2010
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En el pleno ordinario del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria de noviembre, se trataron varios temas económicos que, por diversos motivos, no ocuparon mucho espacio en la prensa escrita, y consecuencia de ello, las radios, las televisiones y los digitales no le dedicaron casi tiempo. Bien es verdad que la depurada técnica que utiliza el grupo de gobierno socialista colabora a despistar a la prensa escrita y a cabrear a la oposición. Esta técnica consiste en modificar a última hora (a veces 18 horas antes) el orden del día del pleno, incluyendo los temas económicos, casi siempre problemáticos, y no dando tiempo a la oposición a estudiarse los expedientes (ni a copiarlos y enviarlos a los periodistas). De esta manera evitan caldear el pleno, sacando los temas a la luz desde 3 o 4 días antes (que es cuando se convoca normalmente el pleno y se envía el orden del día) con declaraciones de concejales de la oposición y/o con investigaciones periodísticas. El gobierno municipal los introduce por sorpresa, con alevosía, y casi siempre consigue que no se filtre nada o casi nada a los medios antes de la sesión. Como el pleno ordinario es siempre un viernes, la prensa trata los temas del pleno el sábado y, con un poco de suerte, el domingo. El lunes siguiente, del pleno y de sus temas “si te he visto no me acuerdo”, y el equipo de gobierno socialista consigue, una y otra vez, que de los temas económicos candentes casi ni se escriba. Como es el caso del expediente de reconocimiento extrajudicial de crédito por 11,2 millones de euros (más de 1.800 millones de las antiguas pesetas) aprobado en el último pleno. Un expediente que incorpora 408 facturas de deudas atrasadas desde 2007 – casi todas del período socialista-compromiso – y unas pocas del mandado anterior del PP. Estamos hablando de un importe que equivale casi al 4% del presupuesto ordinario del Ayuntamiento de éste año, y nos referimos a gastos que se han efectuado de manera extra presupuestaria, esto es, no se ha aprobado por la corporación, ni se sabe quien lo autorizó en su momento, salvo el concejal que hizo el gasto. Desde el punto de vista periodístico, la noticia lo era hasta que se aprobó el expediente de reconocimiento de crédito en el pleno. Al día siguiente o dos días después, dejó de ser noticia y de tener interés periodístico. Pero el hecho, muy importante desde el punto de vista del control democrático del gasto del Ayuntamiento, sigue teniendo su importancia, aunque ya se haya aprobado el crédito en el pleno. ¿Cómo es posible que los concejales o sus departamentos y servicios, puedan gastarse tal cantidad de dinero sin control previo? ¿Quién garantiza que cuando se marchen los actuales munícipes gobernantes no dejan en los cajones una pelota de facturas por 20 millones de euros? En julio de este año entró en vigor la Ley 15/2010 sobre “medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales” que dedica tres de sus artículos a las Administraciones públicas. En concreto el art. 5º “Registro de facturas en las Administraciones locales” obliga a las Entidades Locales (o sea a los Ayuntamientos y Cabildos) a “disponer de un registro de todas las facturas..... cuya gestión corresponderá a la Intervención”. En dicho registro se inscribirán todas las facturas “con carácter previo a su remisión al órgano responsable de la obligación económica” En el mismo artículo se indica que pasado un mes desde la fecha de inscripción de la factura sin que la Concejalía responsable del gasto haya tramitado el expediente de reconocimiento de la obligación, el Interventor requerirá al responsable para que justifique por escrito la falta de tramitación. Por último, el Interventor llevará al pleno de la corporación, de forma trimestral, las facturas registradas que no hayan sido tramitadas. La puesta en marcha del registro de facturas a que obliga la Ley 15/2010 acabaría con las facturas en los cajones. No podría volver a pasar otro expediente de reconocimiento de crédito por 11,2 millones de euros, con facturas de hasta cuatro años de antigüedad. En el mismo pleno de noviembre, el grupo popular presentó una moción en la que se pedía la creación del registro de facturas que se indica en la Ley 15/2010. El director de gobierno del área de Economía y Hacienda, justificó la “no implantación del registro” por la falta de medios materiales y humanos. El grupo socialista, con la mayoría de sus quince votos, rechazó la moción ¡que pedía que se cumpliera la Ley! Y lo más grave es que intervino el alcalde, Jerónimo Saavedra, justificando la no creación del registro de facturas, y el consiguiente incumplimiento de la Ley, arguyendo que “cuantas leyes no se incumplen todos los días...” O sea que seguirán las facturas en los cajones, diga lo que diga la Ley. ¿Cómo es posible que un alcalde y exministro pueda justificar, públicamente, el incumplimiento de una Ley? Por cierto, que la Ley 15/2010 entró en vigor el 6 de julio pasado. PD.: Si usted y yo incumplimos, no una ley, sino una Ordenanza Municipal, y no pagamos el IBI, nos embargan la cuenta corriente en el banco....
Eusebio Bautista Vizcaíno
Miembro de la Ejecutiva Nacional de Coalición Canaria
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