El Tribunal Supremo (TS) ha dado la razón al Gobierno canario al admitir el recurso de casación que presentó contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias que le obligaba a pagar 92 millones de euros a la empresa Canteras Cabo Verde por el "Caso Tebeto".
Según una sentencia hecha pública hoy, el TS entiende que no se ha producido un lucro cesante a favor de la empresa Cabo Verde porque "no obtuvo nunca un derecho consolidado a la explotación del yacimiento" de la montaña de Tebeto, en Fuerteventura, y tampoco una expectativa cierta y segura, "a lo sumo, una expectativa remota, meramente posible, insegura, dudosa o contingente".
Así mismo, el TS desestima el recurso contencioso-administrativo presentado por Canteras Cabo Verde contra la resolución desestimatoria de la reclamación de responsabilidad patrimonial.
Según la sentencia, lo que la empresa Canteras Cabo Verde ostentaba era una mera expectativa remota que no es indemnizable.
Añade el Supremo que ni la titularidad de un permiso de investigación, ni la solicitud de una concesión derivada de ese permiso atribuyen un derecho consolidado a la explotación.
Recuerda además que, cuando de explotación de recursos mineros se trata, ha de efectuarse un juicio de valor que pondere la importancia que para la economía tenga la concreta explotación minera, de una parte, y, de otra, el daño que ésta pueda producir sobre el medio ambiente.
Todo ello a fin de cumplir el mandato del art. 45.2 de la CE, así como lo establecido en los artículos 66, 69.1 y 81 de la Ley de Minas de 1973, 2.3 del Reglamento General aprobado por Real Decreto de 25 de agosto de 1978 y la normativa que prevé la vinculación de la Administración y los particulares a las disposiciones sobre ordenación urbana contenidas en la legislación urbanística y los planes.
Mientras esa valoración no se haga, no puede hablarse de derechos adquiridos a patrimonializar, de tal forma que admite el recurso de casación del Gobierno canario y le exime de afrontar la indemnización a la que fue inicialmente condenado.








Normas de participación
Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.
La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad
Normas de Participación
Política de privacidad
Por seguridad guardamos tu IP
216.73.217.35